CONTRATACIÓN DIRECTA POR $ 1600 MILLONES: Expresidenta del IPV sancionada por el Tribunal de Cuentas

La sanción se origina en la adquisición de tierras en forma directa, sin licitación, con invitaciones cursadas por correo electrónico y con un sobreprecio de 600 millones sobre el presupuesto original.

De acuerdo a la información publicada en el sitio oficial del organismo, el IPVyH había aprobado mediante Resolución 915/2020 la Contratación Directa por Compulsa Abreviada para la adquisición de tierras en la ciudad de Río Grande con fondos Provinciales y el gasto por la suma de PESOS UN MIL SETENTA Y CINCO MILLONES CON 00/100 ($ 1.075.000.000,00),

Ushuaia a tu lado banner 728x90 1

En los considerandos de la resolución no se informaba los motivo por el cual a pesar del monto estimado del gasto, más de 1.000 millones de pesos, el mecanismo de compra utilizado es el de compra directa lo que podría haber impedido a eventuales oferentes presentarse en el proceso de compra.

Las ofertas recibidas superaron en más de 600 millones el presupuesto original, esta diferencia de más del 60% con el monto estimado no impidió a las autoridades del IPVyH incrementar rápidamente la partida y proceder a adjudicar la compra de tierras por un total de $ 1.676.791.470 según el siguiente detalle:

imagen 6
CONTRATACIÓN DIRECTA POR $ 1600 MILLONES: Expresidenta del IPV sancionada por el Tribunal de Cuentas 6

La contratación directa fue realizada sin control previo del Tribunal de Cuentas e incluso la auditoría interna de IPV tomó conocimiento de las actuaciones luego de adjudicada la compra por más de 1.600 millones de pesos.

Entre los incumplimientos sustanciales detectados por los auditores del TCP se destacan:

  • Con carácter de incumplimiento sustancial se observa un apartamiento a la Resolución Plenaria N.° 01/2001 en relación a la instancia del control preventivo. Al respecto vale aclarar que, no obstante, el pedido de excepción de control preventivo realizado y otorgado mediante Resolución Plenaria N.° 148/2022, se verifica que la adjudicación se produjo con anterioridad a la notificación de la mencionada Resolución, configurándose con ello el incumplimiento señalado’
  • Con carácter de incumplimiento sustancial se verifica la remisión extemporánea de las actuaciones a Auditoría Interna, apartándose de lo establecido en la Resolución OPC N.° 17/2021, Anexo 1, Capítulo 1, a), Apartado II, Punto 9′.
  • Con carácter de incumplimiento sustancial se verifica que no se ha dado cabal cumplimiento a los requisitos de la oferta técnica establecidos en el PByC, Punto 8.a) por cuanto los oferentes no presentaron Certificado de Aptitud Urbana.

Con estos antecedentes, y considerando las recomendaciones de las Secretarías Legal y Contable, el cuerpo de vocales del Tribunal de Cuentas resolvió aplicar a la Arq. Iris Leticia HERNÁNDEZ en su carácter de entonces Presidente del Instituto Provincial de Vivienda y Hábitat, una sanción de multa equivalente al cinco por ciento (5 %) de las remuneraciones brutas mensuales percibidas al momento de la intervención que motiva la presente, en el Expediente del registro del Instituto Provincial de la Vivienda y Hábitat N.° 800/2022 Letra: IPVyH-EE„ caratulado: “ADQUISICIÓN DE TIERRAS EN LA CIUDAD DE RÍO GRANDE”, por apartarse de las disposiciones de la Resolución Plenaria N.° 01/2001, de la Resolución Plenaria N.° 123/2016 y de la Resolución OPC N.° 17/2021, Anexo I, Capítulo I, a), Apartado II, Punto 9; vulnerando de este modo el control interno y externo en el citado expediente.