RÍO GRANDE. La Suprema Corte convalidó condena por el crimen de Agustina Varela ocurrido en 2006

La Corte Suprema de Justicia de la Nación convalidó la condena de 15 años de prisión a un hombre que fue absuelto en dos ocasiones, por el crimen de la niña de 3 años que cometió en 2006, en Río Grande.

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La Corte Suprema de Justicia de la Nación convalidó la condena de 15 años de prisión aplicada a un hombre que previamente había sido absuelto en dos oportunidades por el crimen de una niña de 3 años fallecida en 2006 en la ciudad de Río Grande, informaron fuentes judiciales.

El caso de Agustina Varela, una pequeña que murió el 5 de agosto de 2006 producto de una golpiza, produjo primero una gran conmoción en Tierra del Fuego y luego derivó en una extensa investigación con vaivenes judiciales que ya llevan más de 16 años.

El único imputado del crimen es Lucas Gómez, la pareja de la madre de la víctima y quien estaba a su cuidado, junto a otros familiares, cuando tuvo lugar el hecho.

Uno de los datos llamativos del proceso judicial es que Gómez fue absuelto en un primer juicio oral y público, pero ante las apelaciones presentadas por la fiscalía y por la parte querellante, el Superior Tribunal fueguino anuló el juicio y ordenó reeditarlo.

Sin embargo, el Tribunal de Juicio en lo Criminal de Río Grande, con una conformación distinta a la anterior, realizó un nuevo proceso oral en 2014 y volvió a absolver al acusado en un fallo dictado por mayoría.

“Ello motivó que las partes acusadoras recurrieran otra vez al Superior Tribunal, que al tomar intervención, en esta oportunidad en 2017, decidió condenar a Gómez como autor del delito de homicidio (artículo 79 del Código Penal) y remitir la causa al Tribunal de Juicio para que fijara el monto de la pena”, recordóeste jueves el Poder Judicial de la provincia a través de un parte de prensa.

Después, el tribunal de enjuiciamiento cumplió la premisa de la instancia superior y le aplicó al imputado la pena de 15 años de prisión.

Contra esa sentencia, “la defensa interpuso un recurso extraordinario federal, que fue declarado inadmisible en la provincia con el argumento de que trataba de una resolución “incompleta” porque “no resolvía de modo acabado la situación del imputado, sino sólo su responsabilidad penal en el suceso investigado y su calificación legal”.

Los defensores acudieron entonces “en queja” ante la Corte Suprema y así llegó al fallo del máximo organismo judicial del país que en las últimas horas “desestimó el recurso (de queja) y demostró, tal como lo había hecho el Superior Tribunal en su oportunidad, lo prematuro de la impugnación deducida”, precisó el comunicado judicial.

La muerte de Agustina Varela tuvo lugar horas después de una fiesta familiar para festejar el cumpleaños de una tía de la niña. La pequeña había sido llevada a esa reunión por su madre, Rosalía Varela y por Gómez, aunque la progenitora se retiró antes porque tenía que rendir un examen en Ushuaia al día siguiente.

Según la acusación fiscal, el imputado fue el último que acompañó a la niña al baño y dijo que se había quedado durmiendo en una habitación.

Al final de la fiesta, Agustina comenzó a quejarse: su tía la revisó y descubrió que tenía golpes en el abdomen y en un ojo.

La pequeña fue atendida poco después en el Hospital Regional de Río Grande y murió cerca de las 7 de la mañana, producto de un “shock hemorrágico por politraumatismos varios y desgarro traumático de hígado”, según estableció la autopsia.

El fiscal evaluó como pruebas los peritajes forenses que indican que la niña fue golpeada en la franja horaria en que se encontraba a cargo de Gómez y enumeró la gran cantidad de testigos que lo vieron con ella cuando la llevó a dormir.

Además, tuvo en cuenta el testimonio de una prima de Agustina que había visto al imputado golpearla en la nuca una semana antes del crimen y escuchó el mismo gemido de dolor de la niña la noche de la fiesta.