Noticia de Tapa

Tras el allanamiento

Reclaman garantizar el control provincial sobre residuos portuarios

Oct 30, 2026 | judiciales

El director ejecutivo de FARN explicó que la legislación fueguina establece responsabilidades sobre el tratamiento y destino de los residuos generados por los buques. Advirtió que el allanamiento judicial no resuelve la necesidad de fiscalización permanente.

La intervención judicial en el puerto de Ushuaia volvió a poner en primer plano las obligaciones ambientales vinculadas con los residuos de las embarcaciones y las competencias de los organismos provinciales para supervisar su tratamiento. El allanamiento dispuesto por el Juzgado de Instrucción N° 2 se produjo después de que la Fiscalía de Estado denunciara las reiteradas restricciones impuestas a los inspectores de la Secretaría de Ambiente para acceder a la terminal, actualmente administrada por la Agencia Nacional de Puertos y Navegación (ANPyN).

El abogado ambientalista Andrés Nápoli, director ejecutivo de la Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN), explicó que la actividad portuaria comprende distintas categorías de residuos, cada una sometida a exigencias particulares. Entre ellas identificó los domiciliarios, procedentes de la alimentación y las actividades cotidianas de los pasajeros y tripulantes; los patogénicos, originados en los servicios sanitarios de las embarcaciones; y los peligrosos, asociados con hidrocarburos, combustibles y maquinaria. “Todo eso tiene tratamientos diferentes, todo eso tiene normativa específica”, indicó en FM Ushuaia.

Aunque prefirió no pronunciarse sobre las actuaciones judiciales, Nápoli remarcó que la supervisión ambiental corresponde principalmente a las jurisdicciones provinciales. “La cuestión ambiental es eminentemente local, eso es básico”, afirmó, al explicar que las consecuencias de estas actividades deben abordarse desde el territorio donde se producen.

Respecto de los residuos peligrosos, señaló que Tierra del Fuego dispone de la Ley 105, que contempla registros de generadores y condiciones para su manipulación y transporte. En ese marco, explicó el principio de responsabilidad que acompaña a los desechos durante todo su recorrido. “El responsable de la producción del residuo es responsable, como se denomina, del derecho de la cuna a la tumba, del momento que lo produce al momento que se pierde su efecto, por lo cual es una cuestión que no puede pasar por múltiples manos o por cuestiones de opacidad, de no saber qué sucede con los residuos, dónde van a parar”, expresó.

A estas disposiciones se suma, según precisó, la normativa vinculada con la protección de los recursos hídricos. La Ley provincial 1126 establece instrumentos de planificación y preservación del agua, además de reconocer las atribuciones provinciales sobre esos recursos, particularmente relevantes para una instalación que opera sobre el canal Beagle.

Desde esa perspectiva, el especialista consideró indispensable que las autoridades fueguinas intervengan efectivamente en las tareas de fiscalización. “Las autoridades provinciales no pueden ser convidados de piedra en esto, tienen que ser gestores directos, porque en definitiva van a tener la responsabilidad final. Imagínense si un día existe una demanda que tiene que ver con estos residuos, ¿a quién se lo van a hacer? ¿Se lo van a hacer a la Nación? No, se lo van a hacer a la Provincia”, manifestó.

Nápoli recordó, además, que el régimen penal aplicable a los residuos peligrosos contempla sanciones de entre tres y diez años de prisión. Sin embargo, sostuvo que el aspecto decisivo será establecer mecanismos de seguimiento que trasciendan la intervención de la Justicia.

“Hoy es un allanamiento, es una cuestión puntual. Se podrá detectar que realizaron bien, mal o regular la gestión de los residuos, cosa que en residuos peligrosos no da ni para regular ni para mal”, observó, al insistir en la necesidad de conocer tanto el recorrido como el destino definitivo de los materiales.

Finalmente, valoró que las circunstancias relacionadas con la administración de los residuos queden documentadas, ante la posibilidad de determinar responsabilidades posteriores. “Quienes la ordenaron y quienes forman parte de la intervención van a tener que ser responsables eventualmente”, concluyó.

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