La Justicia Federal deberá resolver la admisión de pruebas en el amparo presentado por trabajadoras portuarias. Su abogado denunció un régimen de exclusión laboral, ausencia de controles y desconocimiento de derechos sindicales.
El proceso judicial iniciado por trabajadoras del Puerto de Ushuaia desplazadas de sus funciones a partir de la intervención federal registró un nuevo avance con la audiencia celebrada el pasado 22 de octubre. La causa, promovida contra la Agencia Nacional de Puertos y Navegación (ANPyN) y la Administración General de Puertos (AGP), plantea la presunta vulneración de derechos laborales y sindicales, en un escenario que la representación legal de las demandantes caracteriza como un funcionamiento institucional ajeno a las normas y mecanismos de control del Estado.
El abogado patrocinante Manuel Raimbault, quien representa a dos trabajadoras con tutela sindical, valoró en FM Ushuaia la instancia judicial desarrollada ante el juez federal Federico Calvete, aunque advirtió sobre la necesidad de acelerar una resolución. Al respecto, señaló: “Valoro positivamente la audiencia, porque en definitiva el litigio va avanzando, quizás no con la urgencia que nos parece que debería dársele”, y destacó que permitió exponer ante las autoridades nacionales y el tribunal las objeciones al procedimiento de intervención.
La controversia tiene como núcleo la prohibición de ingreso al establecimiento portuario y sus consecuencias sobre el ejercicio de funciones públicas, la representación gremial y los controles administrativos. Según Raimbault, la intervención estableció restricciones que exceden ampliamente una reorganización operativa y comprometen garantías fundamentales de los trabajadores.
Para describir ese escenario, el abogado sostuvo: “Establecieron una especie de estado de sitio laboral”, mediante el cual se impide tanto el acceso físico como el desempeño de tareas administrativas. La situación, agregó, alcanza también a las organizaciones sindicales: “En el puerto no hay ninguna actividad sindical, ninguna protección de los representantes de los sindicatos, no se aplica el derecho público local, ni laboral, ni administrativo, ni constitucional fueguino. Nada, absolutamente nada”.
El cuestionamiento comprende además la imposibilidad de ejercer controles sobre expedientes y decisiones administrativas, incluso mediante herramientas digitales o trabajo remoto. Esa exclusión, según la demanda, configura un funcionamiento institucional sin las garantías habituales de fiscalización y rendición de cuentas.
Raimbault sintetizó su preocupación mediante una caracterización especialmente severa: “El puerto se convirtió en un lugar en donde no se aplica el derecho, en donde no se aplican las normas laborales”, y vinculó esa situación con riesgos de irregularidades administrativas, discriminación y violencia laboral.
La ausencia de documentación que respalde las restricciones constituye otro aspecto central del expediente. El abogado explicó que todavía no pudieron identificar una disposición formal que autorice a las fuerzas de seguridad a impedir el ingreso de determinados trabajadores y funcionarios.
Sobre ese punto, precisó: “No hay una orden, o por lo menos no aparece en el expediente una orden escrita”, motivo por el cual solicitaron información a Prefectura. También requirieron una inspección judicial del establecimiento para verificar las condiciones denunciadas y establecer responsabilidades.
El alcance de las restricciones, según relató, no se limitaría al personal desplazado. Raimbault aseguró que también encontraron obstáculos organismos con facultades de fiscalización: “Fueron los controles ambientales y rebotaron, fue el Tribunal de Cuentas y rebotó”, una circunstancia que consideró particularmente grave por sus consecuencias institucionales.
Respecto de la actuación de la ANPyN, cuestionó la documentación presentada como prueba, consistente en un informe elaborado por un antiguo trabajador portuario actualmente vinculado al organismo nacional. Explicó que la representación de las demandantes impugnó ese material y consideró insuficiente la respuesta de la contraparte.
El próximo paso dependerá de una decisión del tribunal sobre las pruebas solicitadas. Raimbault explicó: “El tribunal tendría que expedirse respecto de la admisibilidad de las pruebas que se solicitaron, que las partes pidieron, poner un plazo breve, porque estamos en un proceso de amparo, para producirlas y después de eso, dictar una sentencia”.
La expectativa de las trabajadoras es obtener una resolución que determine la legalidad de las restricciones y restablezca las garantías que consideran vulneradas. Para su abogado, el conflicto trasciende los intereses individuales porque involucra principios esenciales del funcionamiento estatal, la protección sindical y el derecho a trabajar sin discriminación.
En esa dimensión institucional situó también la responsabilidad de las autoridades provinciales y nacionales, al reclamar una respuesta frente a lo sucedido. Su conclusión fue categórica: “Sinceramente lo que ha sucedido con el puerto de Ushuaia es un antes y un después en temas institucionales”, una valoración que deberá contrastarse con las decisiones que adopte la Justicia Federal.





