Noticia de Tapa

Cuestionamientos a su desempeño

Barrionuevo acumula nulidades y enfrenta un nuevo pedido de apartamiento

Oct 26, 2026 | judiciales

La Cámara de Apelaciones volvió a cuestionar la falta de fundamentación de sus resoluciones, tras registrar veinte nulidades desde 2019. La Fiscalía de Estado también impugnó su actuación en la causa portuaria y planteó dudas sobre su imparcialidad.

La jueza de Instrucción María Cristina Barrionuevo enfrenta una nueva serie de objeciones judiciales que comprometen tanto la validez de sus decisiones como la confianza institucional en su actuación. La Cámara de Apelaciones volvió a anular una resolución por deficiencias de fundamentación y advirtió sobre eventuales consecuencias disciplinarias, mientras que la Fiscalía de Estado cuestionó su decisión de remitir a la Justicia Federal una denuncia vinculada con la intervención del Puerto de Ushuaia y le solicitó evaluar su apartamiento de la investigación.

El pronunciamiento más reciente de la Sala Penal de la Cámara de Apelaciones, fechado el 23 de octubre, expuso un cuadro de irregularidades reiteradas en el Juzgado de Instrucción N.º 2. Al declarar la nulidad de una prisión preventiva por insuficiencia de fundamentos, el tribunal recordó que las observaciones sobre el desempeño de Barrionuevo se remontan a varios años y que las advertencias anteriores no consiguieron corregir las deficiencias señaladas.

Según consignaron los camaristas, desde noviembre de 2019 se registraron veinte nulidades de resoluciones dictadas por ese juzgado, principalmente por incumplimientos de las exigencias de fundamentación. En tres de esos antecedentes, además, los cuestionamientos determinaron que la magistrada fuera separada de las respectivas investigaciones.

La reiteración de estas situaciones adquirió especial relevancia porque algunas de las decisiones anuladas involucraron medidas restrictivas de la libertad personal. La Cámara advirtió que una prisión preventiva carente de justificación suficiente puede ocasionar privaciones de libertad cuyos efectos no desaparecen por el posterior reconocimiento del error judicial.

En la resolución examinada, el tribunal objetó particularmente la utilización de argumentos relacionados con la peligrosidad del imputado para sostener su encarcelamiento. Consideró que ese razonamiento resulta incompatible con las garantías constitucionales y señaló que tampoco se habían fundamentado adecuadamente los riesgos procesales ni examinado medidas alternativas menos restrictivas.

La respuesta de la instancia revisora fue una nueva exhortación a Barrionuevo, acompañada esta vez por la advertencia expresa de que podría disponerse su apartamiento y requerirse al Superior Tribunal de Justicia la adopción de medidas disciplinarias.

Los camaristas explicaron que resolvieron no separarla inmediatamente del expediente para evitar nuevas demoras en una decisión que comprometía la libertad del imputado. Sin embargo, dejaron establecido que la persistencia de errores semejantes podría justificar una intervención institucional de mayor alcance.

El pronunciamiento representa así una objeción que excede las diferencias habituales de interpretación entre magistrados. Lo cuestionado es la reiteración de decisiones que, a criterio de la Cámara, no satisfacen requisitos básicos para garantizar el control judicial y el respeto de los derechos constitucionales.

La controversia por la investigación portuaria

A este escenario se sumó una apelación presentada por la Fiscalía de Estado de Tierra del Fuego contra la decisión de Barrionuevo de declararse incompetente para intervenir en una denuncia penal relacionada con la actuación de funcionarios nacionales en el Puerto de Ushuaia.

La presentación involucra al titular de la Agencia Nacional de Puertos y Navegación (ANPYN), Iñaki Arreseygor, y a otros funcionarios señalados por presuntos impedimentos al ingreso de inspectores ambientales provinciales a las instalaciones portuarias.

Los hechos denunciados corresponden a tres episodios ocurridos el 25 de agosto y el 1 y 17 de septiembre, cuando agentes provinciales no pudieron concretar las tareas de inspección y fiscalización ambiental que pretendían desarrollar.

La denuncia fue formalizada el 14 de octubre. Sin embargo, apenas cuarenta y ocho horas después, Barrionuevo resolvió que la investigación debía tramitar ante la Justicia Federal y dispuso remitir las actuaciones a esa jurisdicción.

La determinación contradijo la posición del Ministerio Público Fiscal provincial, que había considerado que los hechos correspondían a la competencia de la Justicia ordinaria.

La controversia tuvo posteriormente un desarrollo que reforzó los argumentos del organismo provincial. La Fiscalía Federal compartió el criterio de que la investigación debía permanecer en el ámbito local y, el 23 de octubre, el Juzgado Federal de Ushuaia devolvió las actuaciones a la jurisdicción fueguina.

Ante esa secuencia, el fiscal de Estado, Virgilio Martínez de Sucre, apeló la decisión de Barrionuevo y calificó de absurda la interpretación jurídica utilizada para justificar su incompetencia.

El funcionario sostuvo que el razonamiento de la magistrada comprometía garantías vinculadas con el juez natural, el debido proceso y el derecho de defensa. También objetó que hubiera atribuido a una intervención administrativa de infraestructura portuaria los efectos propios de una intervención federal de naturaleza constitucional.

La Fiscalía remarcó que se trata de instituciones jurídicamente diferentes y que la participación de funcionarios nacionales en los hechos denunciados no determina, por sí misma, la competencia federal.

En particular, señaló que la investigación involucra presuntas restricciones al ejercicio de facultades provinciales de control ambiental, cuya naturaleza debe ser considerada al establecer qué jurisdicción corresponde intervenir.

La continuidad de la magistrada, también cuestionada

La apelación de la Fiscalía de Estado incorporó, además, un planteo directamente relacionado con la permanencia de Barrionuevo al frente de la investigación.

El organismo solicitó que la jueza examine la posibilidad de inhibirse de continuar actuando, de acuerdo con lo previsto en el artículo 45, inciso 13, del Código Procesal Penal de Tierra del Fuego.

La petición se fundamentó en una serie de circunstancias que, consideradas conjuntamente, podrían afectar la percepción de imparcialidad del órgano judicial.

Entre ellas, la Fiscalía mencionó la rapidez con que la magistrada resolvió desprenderse de la causa, las objeciones formuladas contra los fundamentos de esa decisión y la ausencia de una resolución sobre el pedido de la Provincia para intervenir como querellante.

El planteo no sostuvo que cada una de esas circunstancias constituyera, individualmente, una causal suficiente de apartamiento. Sin embargo, advirtió que su acumulación podía generar dudas razonables sobre las condiciones de imparcialidad necesarias para conducir la investigación.

La solicitud adquiere particular trascendencia porque se produce en simultáneo con un nuevo pronunciamiento de la Cámara de Apelaciones que vuelve a señalar deficiencias persistentes en la actividad jurisdiccional de Barrionuevo.

Aunque se trata de expedientes independientes y cuestionamientos de distinta naturaleza, ambos procedimientos coinciden en colocar bajo examen la actuación de una misma magistrada.

En un caso, el tribunal de alzada advierte sobre una sucesión de nulidades que comprometen garantías constitucionales y plantea la posibilidad de promover medidas disciplinarias. En el otro, un organismo constitucional de la Provincia cuestiona la interpretación de las normas de competencia y solicita que se evalúen las condiciones para continuar interviniendo.

La situación también tiene consecuencias sobre el desarrollo de las investigaciones. En el expediente relacionado con el Puerto de Ushuaia, la controversia jurisdiccional mantiene postergado el esclarecimiento de los hechos denunciados y la eventual determinación de responsabilidades.

De este modo, las discusiones sobre la validez de las resoluciones y la competencia de los tribunales terminan ocupando el espacio que debería corresponder al tratamiento de las cuestiones de fondo.

El escenario plantea un problema institucional que trasciende la situación individual de Barrionuevo. La reiteración de decisiones anuladas, las advertencias de los órganos revisores y los cuestionamientos sobre la imparcialidad judicial afectan la previsibilidad del funcionamiento de la Justicia y la confianza en sus mecanismos de control.

La independencia de los magistrados constituye una garantía esencial del sistema republicano, pero también exige decisiones debidamente fundamentadas y sometidas a los controles previstos por la ley. Cuando las observaciones se repiten durante años y alcanzan resoluciones que afectan derechos fundamentales, la discusión deja de limitarse a los criterios jurídicos utilizados y se extiende necesariamente a la responsabilidad institucional por el ejercicio de la función judicial.

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