El escandaloso negociado fúnebre en Tierra del Fuego

Antes del 18 de mayo el Superior Tribunal debería fijar postura sobre la constitucionalidad de la Ley sancionada por la Legislatura, que le cobra a cada fueguino en la factura de la energía eléctrica, un ítem para subsidiar a la Cooperativa Eléctrica de Río Grande, para que brinde un “servicio de sepelio social” que nadie parece necesitar.

Se acerca la fecha de entrada en vigencia, el próximo 18 de mayo, de una de las más antojadizas leyes que se hayan sancionado en Tierra del Fuego en toda su historia. Y preocupa cuál será la resolución que al respecto tomará el Superior Tribunal de Justicia, en cuyas manos está por el momento la única herramienta para detener su promulgación.

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La iniciativa tiene su fundamento en el período de pandemia, cuando angustiosamente se elevaba día a día el número de fallecidos por Covid-19 en la provincia. Se podría pensar que la extrema situación ameritaba la implementación de algún auxilio estatal para sobrellevar la problemática.

escandaloso funebre
Superior Tribunal de Justicia

La pandemia se redujo a su mínima expresión, el aparente problema ya no requeriría de sostén estatal alguno, pero el proyecto igual siguió su sigiloso camino legislativo.

Por Ley, autoría del legislador Ricardo Furlan, la Legislatura creó un servicio de sepelio universal, es decir para toda la población indiscriminadamente, que sustentará mediante la recaudación compulsiva y obligatoria a todos los fueguinos que detenten un medidor de energía eléctrica, y que lo ejecutará una empresa privada mencionada con nombre y apellido en uno de los artículos.

“Esta Ley no era necesaria” señala a priori el periodista especializado en legislación y justicia Gabriel Ramonet, en su columna por FM Espectáculo. “Ya está pensado desde antes, desde el ámbito privado con el seguro de sepelio y desde el Estado por las áreas correspondientes”, agregó en referencia a las reparticiones de acción social de municipios y provincias que tienen presupuestos a tal fin para auxiliar a familias que no podrían afrontar el gasto que conlleva un sepelio.

Otro aspecto sobre el que Ramonet alertó, más grave aún pero que transita junto con lo anterior, es lo que tituló como “un gran acto de corrupción”. La norma no solo crea compulsivamente el sistema, sino que en su articulado lo adjudica a la Cooperativa Eléctrica de Río Grande como exclusivo beneficiario del total de la recaudación, que, ya se calculó, excederá en aproximadamente un 70% la real prestación de los servicios funerarios, según la demanda poblacional.

No contentos con esta arbitrariedad, en la propia letra de la Ley se aclara que, en caso de producirse un “excedente”, lo que claramente ocurrirá, esos dineros quedarán para libre disponibilidad del prestador privado, es decir de la Cooperativa riograndense.

Una de las empresas damnificadas, Ramon Oviedo, la compañía que presta servicio de sepelios en Ushuaia, inició una acción de inconstitucionalidad ante el Superior Tribunal de Justicia. La causa ya está para resolver, en muy poco tiempo habría fallo, y se espera que antes de la entrada en vigencia, el 18 próximo. “La Ley beneficia a una de las empresas y perjudica notablemente a las otras” son los argumentos, según expresó Gabriel Ramonet.

Otra incongruencia puntualizada, que el periodista calificó como “un negociado enmascarado en un supuesto derecho, un caso de corrupción”, es que se facturaría ese cargo por medidor de alrededor de 600 pesos (6 litros de nafta Infinia), para pagar a un privado un servicio obligatorio que, quien tiene seguro de sepelio u obra social, ya lo tiene pagado, y no necesita ese “auxilio” del Estado. Para esos casos, la Cooperativa igual lo registrará en su columna de haber, y el propio Estado le pagará la cifra equivalente a la familia del fallecido. En mano, cash. Más absurdo no se consigue.

Tanto Ramonet como los periodistas en la mesa, Carla Fulgenzi y Guillermo Worman, abundaron en más y más arbitrariedades e inconsistencias de la desopilante Ley, históricamente disparatada y sospechada.

Sobre el final de la columna, se analizó que, pese a lo evidentemente absurda que resulta en todos los aspectos por donde se analice la Ley, no es descabellado pensar que el impredecible Superior Tribunal de Justicia de luz verde a la arbitraria norma. Y no precisamente basado en criterios jurídicos y constitucionales, sino como consecuencia del laberinto de intereses que rige las decisiones del organismo.

Para muestra sobra un botón: El autor de la Ley, Ricardo Furlan, fue uno de los que aprobó el ascenso del Dr. Ernesto “Nené” Löffler al STJ. El hermano del supremo, el legislador Damián “Loli” Löffler, levantó su mano para aprobar la Ley de Furlan. Un yerno de Furlan es hoy relator del juez Löffler en el Tribunal. El propio Löffler, el mayor, debe evaluar la constitucionalidad de una Ley de Furlan. Detrás de la cual, de paso, se trasluce un fabuloso negociado. 

“En mis años en Tierra del Fuego nunca vi algo similar, una connivencia entre los poderes públicos tan cerrada como hoy ocurre. Ni siquiera en épocas de Manfredotti. Aún en aquel momento había voces disidentes como ahora no hay” reflexionó finalmente Gabriel Ramonet, dejando un muy exiguo espacio para la esperanza.