El Tribunal de Cuentas confirmó una multa de $364.710,51 a Analía Cubino por no responder a tiempo sobre una compra directa de casi $92 millones.
El Tribunal de Cuentas de Tierra del Fuego confirmó la multa a Analía Cubino, presidenta de la Agencia de Innovación, y fijó el monto en $364.710,51. La cifra equivale al 5% de su remuneración bruta de agosto, que fue de $7.294.210,25.
Las decisiones constan en las resoluciones plenarias 178 y 179, ambas del 22 de octubre de 2026. El organismo de control aclaró que no sancionó la contratación en sí, sino la falta de respuesta a sus requerimientos dentro de los plazos.
La compra bajo la lupa
El caso se originó en la contratación directa de licencias de mantenimiento y soporte de seguridad informática por tres años. La adjudicataria fue ACSYS S.A., revendedora de Fortinet. Según publicó Red 23 Noticias, el importe fue de $91.981.829,11.
A mediados de diciembre del 2025 los auditores del Tribunal de Cuentas señalaron cuatro incumplimientos sustanciales:
- Exclusividad: no se probó que el proveedor fuera el único habilitado. La certificación solo lo acreditaba como revendedor autorizado.
- Precio: faltó un análisis comparativo. Según la auditora interna, el valor era alrededor de un 4,65% superior al de una adjudicación similar luego rescindida, sin una justificación en el expediente.
- Publicidad: las especificaciones técnicas no se publicaron en el portal Compras TDF.
- Funciones: una misma persona participó en el informe técnico, en la propuesta del procedimiento de excepción y en la conformidad del servicio.
Entre marzo y junio de 2026, el Tribunal de Cuentas reiteró el pedido de descargos mediante cinco notas, entre requerimientos, una prórroga y una intimación. El 10 de agosto aplicó un apercibimiento y, el 3 de septiembre, la multa del 5%, con un nuevo plazo de dos días bajo advertencia de otra sanción del 10%.
Cubino respondió el 4 de septiembre, el mismo día en que le notificaron la multa, cuando ya habían transcurrido 263 días desde la fecha del acta.
En su recurso, atribuyó la demora a inconvenientes operativos internos, a la reconstrucción de documentación y a contingencias de ciberseguridad. También alegó que no hubo perjuicio fiscal y que las prestaciones se recibieron.
El Tribunal consideró que esas dificultades se invocaron en términos generales y no acreditaban una imposibilidad de cumplir. Además, sostuvo que “el cumplimiento posterior no extingue ni neutraliza la infracción ya consumada”.
La respuesta evitó la multa adicional del 10%, aunque no cerró las observaciones. Según el informe legal, Cubino admitió que la selección de la firma estuvo insuficientemente fundamentada y que debió hacerse una compulsa entre canales homologados. También reconoció que no se publicó el informe técnico y que hubo concentración de intervenciones técnicas.
Los auditores ratificaron los apartamientos sobre exclusividad y publicación. Sobre el precio, indicaron que el descargo no aportó documentación nueva. La concentración de funciones fue recalificada como incumplimiento formal.






