En la última sesión, la Legislatura de Tierra de Fuego autorizó al gobierno de la Provincia a extender hasta octubre del 2023 el pago de las deudas contraídas durante el 2022.
El Ministerio de Finanzas Públicas ya había obtenido la autorización del Tribunal de Cuentas, quienes interpretaron que la nueva deuda a emitirse no será destinada al pago de gastos de funcionamiento, lo que habría colisionado con las restricciones constitucionales, y solicitaron el Ejecutivo que previo a la nueva emisión debía tomar intervención la Fiscalía de Estado.
En su dictamen, el Fiscal de Estado realiza un breve resumen de los antecedentes, entre los que se destaca que a través de una serie de autorizaciones incluidas en leyes especiales, sancionadas con la mayoría agravada prevista por la Constitución Provincial, la Legislatura permitió ampliar el monto por el cual la Tesorería General de la Provincia puede emitir letras del Tesoro para cubrir deficiencias estacionales de caja durante el ejercicio en curso —de tres mil millones en la Ley de Presupuesto sancionada en diciembre de 2021 hasta siete mil millones de pesos en julio de 2022.
El Dr. Virgilio Martínez de Sucre recuerda que, asimismo, se modificó el plazo en el cual deben ser reembolsados los títulos, ya que según el art. 79 de la Ley Provincial N o 495 debían cancelarse durante el mismo ejercicio financiero en que se emiten o de 10 contrario se convierten en deuda pública, mientras que por el art. 50 de la ley 1422 y modificatoria, pueden superarlo a condición de que sean cancelados antes del 1/10/23.
Desde la Secretaría Legal del Tribunal de Cuentas se había afirmado que la deuda que se pretende adecuar con la nueva emisión de letras —originada en la imposibilidad de cumplir con los compromisos financieros derivados de la emisión anterior— no puede ser calificada como «gasto de funcionamiento y servicios», cuya utilización está vedada por la Constitución, si no se encuentra destinada al pago de erogaciones originadas en gastos de personal, adquisición de bienes de consumo o la atención de servicios no personales.
El Fiscal de Estado entiende que la reestructuración de obligaciones como las que aquí se producen deben tener carácter excepcional. Y que esto implica que, en el futuro, la emisión de letras de Tesorería debe ir acompañada de un pormenorizado y profundo análisis tanto de la sustentabilidad de la deuda adquirida, como de las efectivas posibilidades de pago de dicho financiamiento transitorio.
En particular, las estimaciones de gastos y recursos deben efectuarse sobre bases sólidas y verosímiles, ya que el empleo de instrumentos de corto plazo de este tipo debe responder a una crisis o situación concreta que justifique dicho proceder a, en su defecto, a un reperfilamiento beneficioso para las arcas del Estado.
Previo a dar la conformidad a la autorización solicitada, el Dr. Martínez de Sucre advierte que si la emisión de títulos para refinanciar emisiones anteriores no es fruto de una conducta fiscal responsable, se convierte en una práctica insostenible que, difícilmente, pueda compatibilizarse con las previsiones de nuestra Constitución Provincial.