ENERGÍAS RENOVABLES: Las inversiones que se realicen deberán contar con autorización de la Legislatura

Fue promulgada de hecho la modificación sancionada por la Legislatura el 30 de octubre. Previamente, el Gobernador Gustavo Melella había vetado una modificación similar.

La modificación implica que todas las inversiones que se realicen para la concesión, explotación, comercialización e industrialización de energías renovables deberán contar previamente con autorización de la Legislatura.

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El texto original de la norma establecía que “La concesión, permiso y autorización de la exploración, explotación, comercialización e industrialización de recursos naturales, hidrocarburos, sólidos, líquidos y gaseosos deberán sujetarse a la aprobación de la Legislatura Provincial mediante el voto de los dos tercios del total de
sus miembros según lo normado en los artículos 81 y 84 de la Constitución Provincial
.”

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En la sesión del 8 de setiembre los legisladores habían sancionado una reforma similar, en aquella oportunidad la Secretaría de Hidrocarburos de la Provincia alertó que el texto sancionado va más allá de lo establecido en el artículo 84 de la Constitución Provincial; asimismo, vulnera lo establecido en la Ley Nacional Nº 17.319, en el sentido que desplaza competencias propias del Ejecutivo Provincial, en su carácter de autoridad de aplicación de la Ley de Hidrocarburos, para atribuirlas indebidamente a la Legislatura de la Provincia y afirmó que la inclusión de las autorizaciones en el proyecto sancionado, junto a las concesiones o convenios que deben ser aprobados por mayoría especial de la Cámara Legislativa constituye un exceso de las facultades propias del Poder Legislativo en cuanto a su potestad para establecer pautas generales de política legislativa en materia energética.

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En los fundamentos del veto a la anterior modificación se afirmaba que “establece una forma burocrática para tramitación de las autorizaciones para un universo amplio y complejo de diversos procedimientos y actividades que fiscaliza la Secretaría de Hidrocarburos de la Provincia, para la que el cuerpo legislativo no está preparada por carecer de la aptitud técnica necesaria.”

Con estos fundamentos, el Gobernador Gustavo Melella vetó, mediante Decreto Nº 2484/22, la modificación. Los legisladores no hicieron uso de a facultad de insistir el veto parcial y decidieron sancionar una nueva ley con el mismo texto que finalmente fue promulgada de hecho el pasado 23 de noviembre.

Texto original del artículo 8 de la ley 1422 y de la modificación realizada por ley 1455.

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