En octubre abriría la Zona Franca de Río Gallegos

En declaraciones a LU12 AM680, la ministra de la Producción de Santa Cruz, Silvina Córdoba, indicó que la fecha aún es tentativa, pero que se está avanzando con los permisionarios en los arreglos de los locales, infraestructura, mobiliario, la toma de personal, equipamiento y mercadería.

Así lo informa el medio La Opinion Austral de Río Gallegos quien destaca el avance del proyecto desde la asunción del Presidente Alberto Fernández. De acuerdo a las declaraciones de la ministra de Producción santacruceña “Teniendo en cuenta todos los permisionarios autorizados, la idea es que el 1° de octubre podamos ponerla en marcha”, dijo la funcionaria, y que “la idea es abrir todos juntos, no que abran unos locales sí y otros no, sino que sea una apertura total, junto con las concesionarias”, resumió.

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SilvinaCordoba

Teniendo en cuenta todos los permisionarios autorizados, la idea es que el 1° de octubre podamos ponerla en marcha

Silvina Córdoba
Ministra de Producción Pcia de Santa Cruz

En mayo la AFIP reglamentó el procedimiento de compra de vehículos libres de impuestos en la zona franca de Río Gallegos. Lo hizo a través de la Resolución general 4990/21 que indica las disposiciones operativas, el régimen disciplinario e infraccional y los procedimientos para la utilización del régimen de operaciones de venta al por menor de mercaderías de origen extranjero en el predio habilitado para tal fin en la Zona Franca de Río Gallegos.

Entre los requisitos se encuentra que el comprador debe tener residencia mínima de dos años en la Provincia de Santa Cruz, lo que se acreditará a través del “Certificado de Zonas Francas de Residencia Santacruceña” expedido por la Subsecretaría de Asuntos Registrales de la Provincia de Santa Cruz.

La circulación de vehículos automotores adquiridos por este régimen está restringida al ámbito de la Provincia de Santa Cruz, No obstante, los mismos -con excepción de los motociclos en todos sus tipos y modelos – podrán ser objeto de salidas temporales fuera de esa provincia, por un plazo no mayor a noventa días por año calendario.