Caso Trentino: “El delito existió y no puede quedar impune”

La defensa de la ex legisladora y ministra de Educación de la provincia, Amanda del Corro, apeló la desestimación realizada por el juez de instrucción 3 de Ushuaia, Federico Vidal, quien se negó a abrir una causa penal para investigar al legislador de Forja Emmanuel Trentino, ante la denuncia presentada por Del Corro sobre presunta violencia de género en su perjuicio.

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La mujer denunció que Trentino la increpó y la amenazó mediando violencia de género durante un altercado sucedido en el interior de un local partidario de la ciudad, el 16 de octubre pasado.

Tanto el fiscal mayor Eduardo Urquiza en un dictamen como el juez Vidal en una resolución, desestimaron el caso por inexistencia de delito.
Ahora Del Corro con el patrocinio del abogado Félix Santamaría apeló esa decisión ante la Sala Penal de la Cámara de Apelaciones de Ushuaia, quien deberá emitir un pronunciamiento.

“Es evidente que el delito existió. Como mínimo, a fin de acreditar o no la existencia del injusto sin dogmatismos, corresponder abrir la investigación del hecho. La amenaza agravada por la violencia desplegada por el victimario no puede quedar impune”, afirma el escrito de apelación presentado en la causa.

También menciona que no se trató de mero “altercado” entre compañeros de trabajo (como deslizó el fiscal y avaló el juez) sino que debe ser observado desde “la vulnerabilidad de la mujer al momento en que se desarrolló el suceso” y “la credibilidad del testimonio de la mujer víctima”, lo que impone necesariamente para llegar a una conclusión negativa de la existencia objetiva de un injusto penal, la investigación del hecho y no descartar el mismo en base a probables hipótesis sin fundamento fáctico alguno”.

La defensa de Del Corro pidió ponderar “el aprovechamiento de la situación de poder, la fuerza bruta, el grito desbocado, el salivarme, el golpear tres veces la puerta con toda su humanidad a escasos centímetros de mi cara, la perdida de mi empleo como amenaza cumplida ¿Ello no constituye delito o un por lo menos hecho que merece una investigación penal de acuerdo a la tipificación del art. 149 bis del Código Penal? ¿Si el victimario, fuera sí como estaba, me hubiese golpeado, en ese caso se configuraría un hecho que si se merece investigar?”, se preguntó la dirigente en el escrito.

En ese sentido, consideró que “la violencia de género no se mide por el acierto o no de la agresión del victimario a la mujer víctima”.

Por todo ello, pidió que se “revoque el auto recurrido y ordene la apertura de la investigación penal y disponga las medidas protectoras necesarias para evitar nuevas agresiones, tanto físicas, como psíquicas como morales”.