Noticia de Tapa

02/10/2026

Medida cautelar

Ordenan suspender obras petroleras en Malvinas

Sep 17, 2026 | judiciales

El Juzgado Federal de Río Grande frenó las tareas materiales del proyecto “León Marino”, promovido por Rockhopper y Navitas. La resolución prioriza la evaluación ambiental exigida por la legislación argentina y reafirma la jurisdicción nacional sobre recursos del área.

La Justicia Federal de Río Grande ordenó suspender los actos materiales vinculados al proyecto hidrocarburífero “León Marino”, previsto en aguas próximas a las Islas Malvinas y promovido por Rockhopper Exploration y Navitas Petroleum Development and Production Limited.

La medida cautelar fue dispuesta por la jueza federal Mariel Borruto a partir de una acción preventiva colectiva ambiental presentada por la Asociación Civil de Abogados, Abogadas y Profesionales Ambientalistas y el Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas de La Plata. El planteo reúne cuestionamientos ambientales y soberanos sobre la explotación de recursos naturales en el área.

La resolución obliga a las compañías a abstenerse de iniciar o continuar cualquier tarea material relacionada con el emprendimiento. La orden alcanza a la perforación del fondo y subsuelo marino, el tendido de infraestructura submarina, conductos y sistemas de fondeo, además de las unidades flotantes de producción, almacenamiento y descarga.

También quedan comprendidas la extracción comercial de petróleo, las obras portuarias y terrestres necesarias para sostener la operación y toda otra actividad destinada a poner en marcha el desarrollo petrolero.

El juzgado no concluyó que el proyecto haya provocado un daño ambiental concreto ni anticipó una definición de fondo sobre su viabilidad. La decisión se basó en que la iniciativa no fue sometida al procedimiento de evaluación de impacto ambiental previsto por las normas argentinas. Esa omisión, consideró la magistrada, habilita la aplicación de los principios de prevención y precaución.

La lógica de la cautelar consiste en evitar que una actividad de gran escala avance antes de que sean analizados sus posibles efectos sobre el ambiente marino, los riesgos involucrados y las medidas necesarias para prevenirlos, reducirlos o repararlos. La Justicia entendió que no corresponde esperar a la comprobación de un perjuicio para disponer una intervención preventiva.

El plan “León Marino” contempla la perforación de 23 pozos: 16 destinados a producción de petróleo, seis a inyección de agua y uno a inyección de gas. Incluye además una unidad flotante de producción, almacenamiento y descarga, instalaciones submarinas y una flota de embarcaciones auxiliares para garantizar la operatoria.

Otro de los factores evaluados fue la urgencia. Para el tribunal, la iniciativa ya superó la etapa de proyecto preliminar: la decisión final de inversión fue adoptada en diciembre de 2025, se contrataron equipos considerados centrales y comenzaron trabajos de adecuación de infraestructura. La continuidad de esas acciones durante el trámite judicial podría, según la resolución, generar transformaciones ambientales difíciles o imposibles de revertir.

El expediente incorpora además la discusión por la soberanía argentina. La jueza sostuvo que resultan aplicables las leyes nacionales porque el proyecto se localiza en la plataforma continental argentina y en espacios marítimos vinculados con las Islas Malvinas. En consecuencia, las exigencias ambientales y las reglas sobre explotación hidrocarburífera deben cumplirse aun cuando las firmas involucradas tengan domicilio fuera del país.

La cautelar permanecerá vigente hasta que la autoridad ambiental argentina sustancie la evaluación de impacto correspondiente y adopte una decisión, salvo que el Juzgado Federal resuelva otra medida durante el desarrollo de la causa.

Rockhopper y Navitas deberán informar el estado de ejecución del emprendimiento, sus cronogramas, pozos proyectados, contratistas, composición societaria, financiamiento, seguros, desembolsos y estudios ambientales disponibles. A la vez, se les ordenó preservar la documentación técnica, financiera, contractual y ambiental vinculada con “León Marino”.

La Justicia difirió por ahora el pedido para bloquear de manera general el financiamiento de la iniciativa y comunicar la situación a mercados u organismos extranjeros. Antes de resolver sobre esos planteos, procurará establecer con precisión las operaciones, empresas y terceros alcanzados.

La resolución es provisoria y podrá sostenerse, modificarse, ampliarse o dejarse sin efecto a medida que avance el proceso. El caso abre un nuevo frente judicial en torno a una explotación que concentra tres cuestiones sensibles: el aprovechamiento petrolero, el resguardo del ambiente marino y la soberanía sobre los recursos naturales de Malvinas.

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