Se trata del CP Juan de Dios González Nieto, empleado del organismo de control y socio de la empresa Factor Q S.A.S.
La investigación se inició por una presentación del Diputado Héctor «Tito» Stefani ante la Fiscalía de Estado contra el agente Juan de Dios González Nieto quien formaba parte de la dotación del organismo de control en carácter de revisor de cuentas y a su vez era socio de Factor Q S.A.S., empresa que fuera adjudicataria de la obra de iluminación de la Casa de Gobierno en enero del 2023 por un monto de 33.136.532,50.
Durante el desarrollo del sumario administrativo, Juan de Dios González Nieto informó que había renunciado al cargo y vendido sus acciones en la empresa.
Para las autoridades del TCP, «el hecho de haber renunciado al cargo de administrador titular de la sociedad FACTOR Q SAS, conforme Acta N° 2 de fecha 1 de abril de 2023 acompañada por el encartado, o inclusive la venta de acciones a otro de los integrantes de la sociedad, hechos estos efectuados con posterioridad no sólo a la presentación de la licitación privada sino a la adjudicación de la obra por la suma de $33.136.532,50.-, evidentemente implicaron una clara vinculación con la empresa que le significaron beneficios justamente de una entidad provincial (en este caso del propio Poder Ejecutivo), que de ninguna manera puede desconocer el CP Juan De Dios GONZÁLEZ NIETO, toda vez que resulta “fiscalizada” (inciso d) Ley nacional Nº 22.140) por este Tribunal de Cuentas, con los alcances y de conformidad a lo previsto por la Ley provincial N° 50.«
Como consecuencia del sumario, los vocales del Tribunal de Cuentas resolvieron «aplicar la sanción de CESANTÍA al agente de este Tribunal de Cuentas, CP Juan de Dios GONZALEZ NIETO, Legajo personal N° 175,a partir de su notificación, por el quebrantamiento de las prohibiciones determinadas en el artículo 28, incisos b) c) y d) de la Ley nacional N° 22.140, de acuerdo a los términos del artículo 32 inciso f) de la mencionada norma«.
Stefani también había promovió una acción penal, que fue rechazada por la justicia provincial en agosto del 2023. En esa oportunidad el Juez de Instrucción Javier de Gamas Soler resolvió «rechazar sin más trámite el requerimiento fiscal porque el hecho no constituye delito«.