OSEF: Fiscalía de Estado responsabilizó a la Presidenta del organismo de las eventuales responsabilidades en que hayan incurrido los empleados

Ushuaia a tu lado banner 728x90 1

La intervención de la Fiscalía de Estado se dió en el marco de una presentación realizada por el Sr. Agustín Borthiry Iglesias por preseuntas irregularidades en la compra y provisión de medicamentos en la Obra Social de la Provincia (OSEF).

En su denuncia, el presentante indica que existirían presuntas irregularidades en la gestiOn de expedientes referentes a compras de medicamentos en la OSPTF, de acuerdo a supuestas declaraciones püblicas de su Presidenta y de la delegada del gremia ATE, ambas difundidas a través de un portal de noticias de internet correspondiente a una emisora de radio de la Provincia.

A través de dichas declaraciones, la titular del organismo habrIa acusado a los empleados encargados de realizar las compras de la Farmacia de la OSPTF de presuntas demoras injustificadas en la tramitación de expedientes de compras y de reclamos de laboratorios por deudas que va se habrIan pagado.

A su vez, la delegada gremial habrIa culpado a la sra. Presidenta de la Obra Social por similares retrasos, todo lo cual conllevarIa a una situación del ente signada por falta de medicamentos para los afiliados y pago de sobreprecios para su adquisiciOn de parte de la lnstitución.

Luego de detallar las respuestas remitidas desde la Presidencia del OSEF, el Fiscal de Estado expresa que toda esta información ratifica las denuncias que son públicas y notorias sobre las numerosas dificultades que han sufrido los afiliados en general para adquirir medicamentos.

Ante la gravedad de la situación descripta, el impacto que produce en la calidad de atención que debe brindarse al afiliado y la afectación al eraria estatal que una deficiente administración ocasiona, el Fiscal de Estado exhortó a la titular de la Obra Social Provincial a que se Ileve adelante y concluya en tiempos prudenciales la pertinente investigación sumarial que según las respuestas das por Matiana Hruby se habrían iniciado.

El Dr. Virgilio Martpinez de Sucre resaltó en su dictamen que, en la actual redacción de la ley que regula el Instituto, la titular del organismo asistencial cuenta con sobradas facultades administrativas, organizativas, de dirección y disciplinarias para acometer su tarea (art. 7 0 , Ley Provincial N O 1071); incluyendo a unhabilitación legal suficiente para otorgar servicios farmacéuticos requeridos por los afiliados, ya sea en forma directa a por intermedio de terceros.

Para finalizar el Fiscal de Estado expresa que en la medida que las facultades atargadas a las autoridades superiares de la entidad asistencial no se cristalicen en una adecuada atención a las afiliados, las eventuales responsabilidades en las que hayan incurrida sus dependientes —las cuales deberãn ser verificadas por los canales correspondientes— no los liberará, a su vez, de las consecuencias par las omisiones que se produzcan en el servicio que tienen a su cargo a través de la dirección de la Obra Social.