La Cámara ratificó que no investigarán los presuntos abusos en la causa ¨Melella¨

May 21, 2021 | DESTACADAS, Política

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En consonancia con el resto de las causas de abuso sexual que involucran a autoridades políticas en el país, la Cámara de Apelaciones de Río Grande confirmó el fallo dictado por el polémico juez Raúl Sahade que desvinculó al gobernador Gustavo Melella de la causa judicial donde se lo acusa del presunto “abuso sexual coactivo” de tres obreros de la construcción, supuestamente cometidos en 2016 y 2017 cuando era intendente de la ciudad de Río Grande.

El accionar de la Justicia de Tierra del Fuego solo ratifica el sentido de las causas por abuso sexual en donde se encuentran involucrado dirigentes políticos de alto rango. Así lo reflejó la nota de diciembre de 2019 del periodista Iván Ruíz del diario La Nación, donde se hizo un repaso de las causas por presunto abuso que estaban vigente por entonces.

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Allí Ruíz tituló ¨Por falta de pruebas no prosperan las causas de acoso sexual en la política ¨, para luego desarrollar en el cuerpo de la nota ¨ contramano de la lucha de género que ganó la agenda pública, los casos de abuso sexual en la política, como el que involucró la semana pasada a José Alperovich, son todavía una materia pendiente en la Justicia. Ninguna de las acusaciones más resonantes contra gobernadores, diputados y senadores en los últimos años prosperó en los tribunales, se explicó en la publicación de LA NACION.

En su nota, Ruíz ejemplifica el caso de el diputado Mosca, que había sido acusado por abuso sexual, que fue beneficiado por la Justicia marplatense con un fallo exprés. El fiscal Alejandro Pellegrini dictó el archivo de la acusación en menos de un mes, prácticamente sin pedir medidas de prueba para intentar demostrar los hechos que señaló una militante de Cambiemos.

Por esto mismo, el fallo de los camaristas Jorge Luis Jofré, Federico Martín Vilella y Julián De Martino que ratificó la resolución del juez de instrucción Raúl Sahade, quien en febrero de este año rechazó el requerimiento de instrucción promovido por el ex fiscal del caso Guillermo Quadrini, por “inexistencia de delito” no resulto una sorpresa, sino todo lo contrario.

Entre los fundamentos que utilizó la Cámara explica que ¨ para tomar esa decisión, el fiscal argumentó que habían pasado seis años desde que ocurrieron los hechos y que no había testigos posibles para acreditarlos. «Las circunstancias de modo, tiempo y lugar acerca de cómo podrían haber acontecido los hechos dejan al desnudo situaciones en las que solo se verificaría la presencia del denunciante y el denunciado, carente de testimonio de terceras personas que pudieran haber resultado testigos, así como constancias de cualquier índole que permitieran tener por acreditada su ocurrencia», escribió el fiscal en su pedido de archivo, en una conducta similar a la de la fiscal Verónica Marchisio que decidió no apelar el fallo de Sahade.

Marchisio aspira a ocupar el cargo de Juez del Tribunal Oral en Río Grande, para lo que está concursando en el Consejo de la Magistratura donde Melella cuenta con 4 votos como propios. Similar expectativa tiene uno de los jueces de Cámara que resolvió en favor de cerrar la causa, ya que Julián De Martino concursará para cubrir la quinta vocalía del Superior Tribunal de Justicia. Implica que dos de los cuatros magistrados intervinientes ( Marchisio y De Martino) al momento de resolver el caso tienen la expectativa de ser electos por un sistema en donde el denunciado tiene votos suficientes para resolver el destino de los concursos.

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El juez de Cámara Julián De Martino / La Fiscal Verónica Marchisio

En cuanto al fallo de Cámara, si la medida no llega a la instancia del Superior Tribunal de Justicia de la provincia, quedará firme y la causa sería archivada en forma definitiva, explicaron voceros judiciales.

El origen

La causa se investiga desde 2018 cuando los trabajadores Damián Rivas, Jerónimo Suasnabar y Mario Lovera revelaron que Melella les exigió mantener relaciones sexuales a cambio de trabajo en el municipio y de cobrar por tareas ya realizadas.


Según el fiscal Quadrini, los hechos constituyeron el delito de “abuso sexual simple bajo la modalidad de abuso sexual coactivo o intimidatorio de una relación de dependencia, de autoridad o de poder, o aprovechándose de que la víctima por cualquier causa no haya podido consentir libremente la acción”.

Sexo por probado

Al pronunciarse sobre el caso, el juez Sahade llegó a la conclusión de que los tres denunciantes mantuvieron relaciones sexuales consentidas con el gobernador, y las dio por probadas.

Lo notable del caso es que ni siquiera ahora se admite que la parte denunciante pueda acceder a las pruebas en donde se investiga la presunta corrupción en la obra pública de la gestión Melella, que fue el marco que permitió el abuso de poder.

En otras palabras, si el Intendente se llevaba el despacho a la cama, era importante despejar que justamente esa circunstancia no fuera el marco que permitía la asimetría de poder.

Al revisar ese pronunciamiento, los jueces de Cámara hicieron hincapié en las “inconsistencias” de los testimonios de los denunciantes.
Por ejemplo, en el caso de Lovera, sostuvieron, por una parte, que Melella “no era su superior jerárquico ni le debía obediencia o acatamiento funcional en el marco de la estructura municipal”, sin considerar que el Municipio era quien contrataba a la empresa donde Lovera era trabajador de la construcción.

Ahondado en la situación, al confirmar el fallo de primera instancia, la Cámara confirma que el expediente donde se investigó la presunta corrupción con empresas que estarían relacionadas con el entorno del actual gobernador sigue siendo secreto para los denunciantes. Y, justamente, donde está el secreto se encontraría la prueba del abuso de poder.

Además, el fallo sostuvo que si bien el obrero manifestó haber aceptado tener relaciones con el ex intendente por “miedo”, porque “no entraría en la municipalidad, necesitaba plata y temía una denuncia”, ello “surgió de su modo de ver las cosas, y no de una “manifestación intimidatoria o coactiva atribuible a Melella.

Según el voto del juez Jofré, Lovera mostró en su relato que las relaciones sexuales fueron consentidas, y nunca “se configuró un entorno verdaderamente coercitivo”, mientras que como prueba de ello citó que el trabajador tuvo sexo con el funcionario en otras oportunidades posteriores.
“Los encuentros fueron consensuados y desarrollados dentro de los límites del consentimiento eficaz”, afirmó el camarista en la resolución a la que se accedió

El camarista también señaló otras “inconsistencias” en la versión contada por el trabajador Suasnabar, al dar por demostrado que al momento de los hechos, el municipio “no le adeudaba” dinero por su trabajo en obras públicas, con lo que resulta “absurdo” que haya accedido al supuesto abuso para cobrar plata que le debían, razonó el juez.


El abogado Francisco Giménez fue el único que había promovido la apelación del fallo de primera instancia como parte querellante y en representación de los obreros, ya que la fiscal Verónica Marchisio había consentido la decisión del juez Sahade.

Según Giménez, la justicia fueguina sigue sin valorar las “grabaciones, mensajes y transferencias de dinero coincidentes con los testimonios”, mientras que tampoco se tomaron en cuenta “las pericias psicológicas a las víctimas” y se dejaron pruebas pendientes como una pericia psiquiátrica al gobernador, expresó .

Investigar a quien denuncia

Para el letrado, en la causa se “evitó una investigación al acusado y se focalizó el caso en investigar a las víctimas”.

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