PREVISIÓN SOCIAL. La Caja elevó a Melella la reglamentación de la reforma jubilatoria

Carlos Iommi, presidente de la Caja, anunció que el proyecto de reglamentación que elaboró el equipo técnico de la institución, ya fue entregado. Falta que Melella lo rubrique, y se podrá comenzar a recibir consultas de quienes soliciten jubilación extraordinaria o recálculo de haberes.

Ushuaia a tu lado banner 728x90 1

El presidente de la Caja de Previsión Social de la provincia, el contador Carlos Iommi, anunció la presentación al Poder Ejecutivo de la reglamentación de la Ley que permite reajustar los haberes previsionales para quienes se jubilaron desde 2016, y el acceso al régimen de jubilación extraordinaria.

Iommi señaló que, en respuesta a una solicitud del gobernador, “puedo decir satisfecho que el día viernes a última hora cerramos, y el equipo técnico de la Caja nos ha presentado ya el proyecto de decreto reglamentario definitivo”.

El mismo fue enviado formalmente al Ejecutivo Provincial para su análisis y posterior rúbrica. El funcionario dijo que “lo hemos venido trabajando desde febrero, se había presentado un primer anteproyecto. Estoy muy satisfecho porque el trabajo realizado desde la Caja es de destacar”.

Enfatizó que se trata de un proyecto de texto ordenado con todas las modificaciones que ha sufrido la ley desde un principio, “hemos plasmado en un proyecto de texto ordenado desde el artículo uno hasta el último artículo a los efectos de tener todo compilado en una misma norma, Tenemos una ley ordenada de nuestro régimen previsional”.

carlos iommi
Presidente de la Caja de Previsión Social de la provincia, contador Carlos Iommi.

Cabe destacar que el plazo para la reglamentación es junio, “y un mes antes lo hemos presentado, cuando en épocas anteriores, cuando se modificó un solo artículo de la 561, se demoró un año para reglamentarse” apreció el titular de la CPS.

Reglamentado el 100% del régimen previsional fueguino, la provincial es “la primera Caja a nivel nacional que hace un trabajo de esta magnitud” según conceptuó.

En algunos aspectos, como el pago retroactivo al mes en que se le devengó al activo, pese a que aún no estaba reglamentado “nosotros desde enero de este año lo estábamos haciendo. Hay ciertas cuestiones que, como son muy específicas, requeríamos un decreto reglamentario”, como por ejemplo la jubilación extraordinaria y el recálculo del haber.

De tal forma, una vez que salga el decreto reglamentario, se va a poder comenzar a trabajar respecto de esos dos puntos mencionados: “lo que viene es que, ni bien esté firmado el decreto reglamentario, ya estuvimos trabajando en un turnero a los efectos de que aquellos que deseen iniciar cualquier tipo de trámite, poder asignarle un turno para evitar el amontonamiento de la gente acá y así evitar trastornos”.

Por lo mismo, Iommi acentuó que la remisión “no significa que ya está operativo”.

“Nosotros no tenemos facultad para firmar el decreto reglamentario. El Ejecutivo ha confiado en el equipo técnico de la Caja y es la primera vez que esto ocurre, que podamos como órgano encargado de entender la norma y aplicarla, proponerle al Ejecutivo el decreto reglamentario” indicó al respecto.

Consignó a continuación que, una vez que Melella firme el decreto reglamentario propuesto, “publicitaremos cómo va a ser la mecánica para poder llevar adelante cada uno de los trámites que quieren hacer nuestros afiliados o futuros afiliados a la Caja”.

El presidente de la Caja dijo que la reglamentación de las dos novedades principales, jubilación extraordinaria y recálculo, respetó puntualmente lo propuesto y sancionado por los legisladores: “no lo podemos tocar porque son los requisitos que fijó el legislador al momento de aprobar la modificación al régimen o incluir en este caso particular este artículo transitorio”.

Iommi accedió a repasar la compleja trama del recálculo de haberes cuya posibilidad la nueva norma permite: “aquellas personas que se jubilaron a partir de enero de 2016, y se les calculó el haber entre el 2016 hasta la fecha, pueden recalcular su haber porque la ley anteriormente hablaba del promedio de los últimos 120 haberes, y la ley nueva fija las mejores 60 remuneraciones en esas últimas 120”.

A continuación, se explayó en los detalles del nuevo cálculo, exponiendo además un ejemplo a modo ilustrativo: “tenemos un régimen de movilidad, ratificado a partir de la sanción de la última ley, que habla de una actualización vía coeficiente, que es el promedio de los haberes, entre el haber promedio anterior y el haber promedio posterior. Entonces, a todas aquellas personas que hayan tenido un haber referenciado a funcionario municipio de Río Grande, por ejemplo, se le va a actualizar el haber conforme el coeficiente desde la fecha en que se fue hasta la fecha en que se jubiló. Después, ese haber va a ser actualizado, ahí se determina cuál fue el haber inicial, su nuevo haber inicial, y a partir de ahí se le aplican las movilidades”.

De tal forma, explicó que una persona que se jubiló en 2016, primero se debe obtener el promedio de los mejores 5 años de los últimos 10, “por lo tanto, hay que ver si estuvo desempeñando el mismo cargo. Luego si ese mismo cargo percibió el mismo haber, porque sobre ese haber es que hizo los aportes y las contribuciones. Una vez obtenido eso, eso es lo que se actualiza a la fecha en que se jubila”. Finalmente, una vez obtenido ese haber, se actualiza mensualmente.