Fallo a favor de la estatuyente confirma las elecciones para el 15M

El fallo del Superior Tribunal de Justicia de Tierra del Fuego que desestimó ayer una acción judicial para declarar inconstitucional el llamado a elecciones estatuyentes en la ciudad de Ushuaia, hace hincapié en la legalidad de que los convencionales encargados de reformar la Carta Orgánica trabajen “ad honorem”, es decir, de forma gratuita.


El diputado nacional y referente del PRO en la provincia, Héctor Stefani, planteó en la demanda que si los convencionales cumplen su función sin percibir remuneraciones, ello creará una situación de desigualdad entre quienes pueden o no solventarse económicamente mientras desempeñan la tarea para la que serán elegidos el próximo 15 de mayo.

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Sin embargo, los jueces Gonzalo Sagastume, Ernesto Loffler, Javier Muchnik y María del Carmen Battaini interpretaron que la facultad de fijar o no remuneraciones para los estatuyentes es exclusiva del Municipio atento a sus atribuciones y no vulnera el texto de la Constitución de la provincia.


“La exigencia del demandante de prever que la labor sea onerosa teniendo en cuenta la situación económica de todos y cada uno de potenciales y eventuales candidatos, implica inmiscuirse en cuestiones de oportunidad, mérito y conveniencia que exceden la vía (judicial)”, afirmó el voto del juez Sagastume en el pronunciamiento judicial.

Por su parte el juez Loffler compartió el criterio de que la gratuidad de la función de los convencionales “no se encuentra en pugna con el artículo 176 de la Constitución provincial”, donde se establece que un convencional municipal percibirá la misma remuneración que un concejal.
Es que según los magistrados, esa obligatoriedad regía hasta la sanción de la Carta Orgánica de Ushuaia, en 2002, y a partir de entonces opera la autonomía institucional del Municipio para decidir en esa materia.

“No cabe duda que la reforma de la Carta fundamental municipal es una cuestión que hace a la esencia propia del gobierno municipal y como tal, ajena a la órbita de incidencia de esta acción y de la propia Constitución provincial, en tanto no se vulneren los principios fundamentales sentados en la misma, lo cual no se avizora en el caso”, señalaron los jueces Muchnik y Battaini en su voto conjunto sobre el caso.

La ordenanza que estableció el llamado a elecciones para reformar la Carta Orgánica de Ushuaia es la número 5958 sancionada el 15 de diciembre de 2021 y promulgada por decreto 1970 del intendente Walter Vuoto, el 20 de diciembre del mismo año.

Entre más de un centenar de artículos planteados en el proyecto de reforma, la mayor polémica surge del intento del intendente Vuoto por lograr su re relección en el cargo.


La acción judicial objetaba también que la ordenanza no contaba con respaldo presupuestario y que el proyecto había sido modificado sin dictamen del Concejo Deliberante, aunque el Superior Tribunal fueguino entendió que nada de ello era motivo para declarar la inconstitucionalidad de la normativa y para suspender los comicios de mayo próximo.

Repercusiones desde el Ejecutivo

Consultado el secretario de Legal y Técnica de la Municipalidad de Ushuaia, César Molina Holguín, explicó que la decisión del STJ “está dentro de los parámetros de lo que esperábamos y no hace otra cosa que no sea demostrar una nueva mentira de un espacio político en particular, el cual integra Stefani”, que impulsó una presentación judicial “con la idea de confundir a los ciudadanos y ciudadanas, y buscar poner en duda la validez del procedimiento establecido por la propia Carta Orgánica para llamar a una reforma de la Constitución local”.

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Cesar Molina, Secretario Legal y Técnico de la Municipalidad de Ushuaia

El letrado precisó que el STJ “rechazó en forma in límine y no corrieron traslado a la otra parte”, manifestó a Noticia de Tapa Radio, tras lo cual remarcó que los Jueces “entendieron que no hubo ninguna violación en el procedimiento por el cual se sancionó la reforma de la Carta Orgánica, y entendieron que los mecanismos de participación hacen a la autonomía del Municipio”.


Para el funcionario, con la presentación del diputado Stefani “volvimos a discutir federalismo con un sector que quiere un Estado chico que recorte y quite derechos, pero esa discusión en este caso no la plantearon desde lo electoral sino desde lo judicial”.


En esa línea, apuntó que el fallo “salió con el tiempo suficiente para que no siga dando vueltas esto que quisieron instalar de que la Carta Orgánica no podía ser modificada conforme lo había decidido el Concejo Deliberante”, y ahora “el 15 de mayo los vecinos y vecinas van a tener la posibilidad de elegir a quienes los representen para modificar la Carta Orgánica”.

Por último, Molina Holguín expresó que “desde el Ejecutivo estamos concentrados en trabajar en una Carta Orgánica que nos dé las herramientas para tener un mejor presente y garantizar un gran futuro para la ciudad”.