SUCESIÓN EN DIPUTADOS

Experta en derecho respaldó la titularidad de Dalila Nora

Nov 1, 2024 | Política

Alejandra Lázaro, doctora en Derecho y docente en la UBA, se manifestó sobre la disputa por el escaño en la Cámara de Diputados entre la abogada Dalila Nora y el exconcejal de Ushuaia, Ricardo Garramuño.

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La doctora en Derecho y docente de la Universidad de Buenos Aires, Alejandra Lázaro, ofreció su opinión sobre la controversia por el escaño en la Cámara de Diputados, protagonizada por la abogada Dalila Nora y el exconcejal ushuaiense Ricardo Garramuño. Para Lázaro, la aplicación de la Ley de Paridad, sancionada en 2017, establece que la banca debería ser ocupada por Nora, subrayando la necesidad de considerar la perspectiva de género en la interpretación de esta normativa.

Según explicó Lázaro en FM Master’s, la Ley de Paridad establece una conformación alternada de género en las listas electorales, comenzando con un hombre y una mujer, o viceversa, de manera intercalada.

En relación a los procedimientos ante una vacante, Lázaro señaló que el decreto reglamentario de la Ley diferencia entre los procesos de sucesión en la Cámara de Diputados y el Senado. “En el caso de los Diputados, ante la vacancia de un varón, la fría letra de la Ley dice ‘género por género’. Entonces en principio uno pensaría que hay que ir a buscar al varón que le sigue en el orden de la lista. Si no hay en la lista de titulares, hay que ir a la de suplentes”, explicó la abogada.

En el Senado, el enfoque es diferente, ya que el criterio varía dependiendo de si la banca en disputa pertenece a la mayoría o a la minoría. La Ley establece que, en caso de una vacante de la minoría, debe seguirse el orden de la lista de titulares antes de recurrir a los suplentes, sin importar el género.

Nora
Experta en derecho respaldó la titularidad de Dalila Nora.

Lázaro observó que esta disposición específica busca evitar lo que ella denomina un “candidato florero”, es decir, alguien que nunca tendría posibilidad de asumir el cargo debido al criterio género por género. En sus palabras: “Primero agotar la lista de titulares y recién ahí se busca en los suplentes. Porque si no, quien va segundo en una lista del Senado es un candidato virtual, es un candidato florero como le llamo yo. Nunca tendría la posibilidad de entrar, sea mujer, o sea varón”.

Para los distritos pequeños como Tierra del Fuego, la abogada consideró que el sistema de listas intercaladas de género presenta una complejidad extra. A diferencia de Buenos Aires, por ejemplo, donde el sistema proporcional puede aplicarse a una amplia representación, Tierra del Fuego elige solo cinco diputados nacionales, lo que genera un acceso limitado. “Es decir que ese sistema proporcional, que funciona muy bien para los distritos grandes, para los distritos pequeños se vuelve un sistema de mayoría casi, de mayoría relativa donde entra uno y uno de un partido y de otro partido entonces, con suerte, y en un caso rarísimo, pueden llegar a entrar los dos del mismo partido”, apuntó Lázaro. La abogada concluyó que esta dinámica afecta el acceso de las mujeres a las bancas, ya que, en la mayoría de los casos, las listas están encabezadas por hombres.

La letrada resaltó que el objetivo de la Ley de Paridad no es favorecer a los hombres, sino garantizar una representación equitativa entre géneros. Al respecto, afirmó: “Yo lo que sostengo es que la Ley de Paridad no fue hecha para beneficiar a los varones. Tiene una finalidad, tiene un objetivo y la misma Constitución lo dice”.

Según explicó, la Constitución Nacional, reformada en 1994, consagra la igualdad de oportunidades entre varones y mujeres en el artículo 37, lo que respalda medidas de acción afirmativa como la Ley de Paridad. Lázaro subrayó que la legislación y los tratados internacionales con jerarquía constitucional, amparados en el artículo 75 inciso 23, exigen la remoción de obstáculos para asegurar igualdad de oportunidades.

Con base en estos fundamentos, Lázaro concluyó que la banca vacante debería ser ocupada por Nora en un acto que refleje la perspectiva de género que inspira la Ley. “Por lo tanto, me parece que, con un fallo con perspectiva de género, sí o sí le corresponde entrar a Dalila Nora, porque es la segunda titular”, afirmó. La abogada también citó el antecedente del caso Lucila Crexell, en el cual la Corte Suprema de Justicia resolvió una cuestión de titulares y suplentes en favor de la prioridad del titular.

En resumen, la Dra. Alejandra Lázaro argumentó que la sucesión de la banca debería resolverse a favor de Dalila Nora. Basándose en el espíritu y la letra de la Ley de Paridad, así como en el criterio de la Corte en casos similares, sostuvo que corresponde aplicar una perspectiva de género que otorgue a Nora la oportunidad de acceder a la Cámara de Diputados en representación de los intereses de las mujeres y en cumplimiento de los principios de igualdad.

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