El concejal mopofista cuestionó el proyecto que ingresó recientemente al Parlamento Municipal, que busca instalar la terminal de expendio de combustible en terrenos de la ex Renacer. Asimismo, criticó el proyecto de concesión de tierras a la firma Alarken SA y consideró que ambos requieren un estudio más profundo con la participación de la Secretaría de Ambiente y de asociaciones ambientalistas de la sociedad civil.El concejal Vladimir Espeche, cuestionó dos proyectos cuyo tratamiento está previsto para la última sesión ordinaria del Concejo Deliberante de Ushuaia.
La construcción de una estación de servicios sobre la costa de la ciudad va en contra de la Ordenanza que dispuso el Plan de Manejo Integrado Costero de la ciudad, y necesita de una ordenanza que disponga de una excepción a la norma y, además, violenta la zona de reserva de costa que rige en Ushuaia.
Uno de ellos es el de la estación de servicio que se pretende instalar en un sector de la costa de Ushuaia, en terrenos pertenecientes a la ex Renacer. Consideró que este tipo de proyectos necesitan de la participación de la Secretaría de Ambiente Municipal y de las organizaciones ambientalistas de la sociedad civil ya que requieren un estudio de impacto ambiental.
Por otra parte, criticó el acuerdo que firmó la Intendencia y el titular de la empresa Alarken SA, mediante el cual la Municipalidad de Ushuaia destina al padrinazgo 72 hectáreas ubicadas al norte del actual predio privado de Alarkén; para su preservación y para desarrollar un proyecto turístico que incluirá centro de visitantes, baños, estacionamiento, infraestructura para caballos y alquiler de bicicletas.
“Es un convenio que se suscribió en agosto y viene de adenda en adenda. Yo no entiendo por qué estos convenios no se remiten en tiempo oportuno. Los convenios cuando se suscriben tienen que producir un beneficio para la comunidad y si no producen este beneficio hay que modificarlos y adecuarlos”, manifestó.
“Lo que llama la atención siempre es la improlijidad de presentarlo a ultimo termino y no haber citado a la Secretaría de Medio Ambiente como tampoco a las asociaciones ambientalistas”, subrayó.
¿Qué estableció la Ley de Expropiación?
La Legislatura Provincial sancionó el 5 de agosto de 2003 la Ley 580, que luego fue publicada el 12 de septiembre de 2003
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR SANCIONA CON FUERZA DE
ARTÍCULO 1º.- Decláranse de utilidad pública y sujeto a expropiación los inmuebles ubicados en la localidad de Ushuaia, provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, identificados como «Planta PL», ubicada en la Parcela 14, Macizo1, Sección F, en la calle Avenida Perito Moreno, inscripta en el Registro de la Propiedad Inmueble de la provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, Matrícula II-A-1180, y «Planta C.M.», ubicada en la Parcela 1a. Macizo 24, Sección G, sita en la Ruta Nº 3, Kilómetro 4,5, y «Planta ex-Xave», ubicada en la Parcela 14a, Macizo 5, Sección F, en la calle Avenida Perito Moreno sin número, con todo lo edificado, plantado y adherido al suelo que contienen los mismos.
ARTÍCULO 2º.- Decláranse de utilidad pública y sujeto a expropiación las maquinarias e instalaciones y todo bien tangible e intangible que sea parte accesoria de las plantas industriales mencionadas anteriormente y que se detallan en el inventario adjunto en el Anexo I, constando el mismo de las actuaciones notariales Nº B000055944 al B000055948 inclusive, que forma parte de la presente.
*ARTÍCULO 3°.- La presente ley tiene por objeto ceder los bienes expropiados a la «Cooperativa de Trabajo Limitada Renacer Ex Aurora de Ushuaia», conforme lo establezca su reglamentación a los fines de posibilitar la reactivación de la actividad productiva y respecto de la denominada «Planta C.M.», ubicada en la Parcela 1a, Macizo 24, Sección G, sita en la Ruta Nacional N° 3, Km 4,5, inscripta en el Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, Matrícula II -A- 2929, que pasará, oportunamente, a propiedad del Estado provincial y quedará afectada al establecimiento y puesta en funcionamiento de una planta industrial.
En concordancia con estos fines, las autoridades de la Cooperativa de Trabajo Limitada Renacer Ex Aurora de Ushuaia, abriendo un registro, incorporará a partir de la promulgación de la presente y hasta el día 20 de febrero de 2007, como nuevos socios de la Cooperativa a los ex trabajadores de electrodomésticos Aurora S.A. y Metalúrgica Renacer S.A. que manifiesten intención de inscribirse, en igualdad de condiciones, a los socios actuales.
*ARTÍCULO 4º.- Autorízase al Poder Ejecutivo Provincial a realizar todas las gestiones necesarias para el cumplimiento a la presente ley, incluyendo las adecuaciones presupuestarias hasta el monto de PESOS NUEVE MILLONES DOSCIENTOS DIEZ MIL ($9.210.000.-), que resulten necesarias efectuar en el Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos vigentes.
Aclárase que el monto indemnizatorio mencionado anteriormente será asignado de la siguiente forma:
La suma de PESOS DOS MILLONES QUINIENTOS MIL ($2.500.000.-), y accesorios ya depositados en los autos caratulados: ‘Electrodomésticos Aurora S.A S/Quiebra S/Incidente de Enajenación de Bienes Provincia de Tierra del Fuego’ (Expte. Nº 41.097) en trámite por ante el Juzgado Nacional de la Primera Instancia en lo Comercial Nº 20, Secretaría 40 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con más de PESOS UN MILLON SETECIENTOS DIEZ MIL ($1.710.000.-) que totalizan el monto, por todo concepto, de PESOS CUATRO MILLONES DOSCIENTOS DIEZ MIL ($ 4.210.000.-) a los inmuebles denominados ‘P.L.’, ex Xave, bienes muebles y maquinarias; y, la suma de PESOS CINCO MILLONES ($5.000.000.-) al inmueble denominado ‘C.M.’.