En 2020 el Tribunal de Cuentas le recordaba a Melella los plazos para transferir “la copa”

Durante semanas el Ministro de Finanzas de la provincia, Contador Guillermo Fernández, calificó a los Intendentes y sus funcionarios de mentirosos por los reclamos de deudas por coparticipación. La poca transparencia en la información que publica el gobierno provincial dificultaba al ciudadano común descifrar si el reclamo de los Intendentes era real y en tal caso el total adeudado.

Fue el propio Gobernador Gustavo Melella quien aclaró la situación cuando reconoció publicamente que su gestión le debe a los municipios un mes de coparticipación.

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¿Puede el Gobernador disponer de fondos municipales por 30 días?

Ante esta confesión muchos se preguntan si tiene plazos el gobierno para transferir los recursos que recibe de Nación (coparticipación nacional) y los que recauda localmente (a través de la AREF) o si por el contrario podría el Ejecutivo provincial establecer sus procedimientos internos de liquidación y ajustar los plazos de transferencia.

La respuesta es SI, existen plazos definidos, y tienen sus orígenes en una demanda iniciada por la Municipalidad de Río Grande en el año 2009 cuando el actual Gobernador se desempeñaba como Secretario de aquel municipio.

En dicha oportunidad, y luego de un reclamo interpuesto por el municipio norteño, la Provincia y el municipio acordaron los plazos en que debían realizarse las transferencias, quedando reflejado en la Resolución 665/09 del Ministerio de Economía.

Yo te avisé, y vos no me escuchaste

En mayo del 2020 y en oportunidad de analizar la legalidad del Decreto 612/2020 mediante el cual el Poder Ejecutivo declaraba “la emergencia administrativa e informática” el Tribunal de Cuentas realizó una llamativa mención a los plazos que debe cumplir el Ejecutivo en la remisión de los fondos coparticipables.

En ese momento la observacion pasó desapercibida en los medios porque el fondo del decreto y por conseguiente del análisis realizado por el TCP, parecía ser la habilitación a compras directa. Sin embago en el ámbito del Tribunal ya presagiaban que Melella no tenía previsto cumplir con las transferencias por coparticipación y de prosperar el artíulo 7 de dicho decreto hubiera tenido via libre para hacerlo.

En dicho artículo establecía: ‘Delegar en la Contadora General de la Provincia, el Subcontador General de la Provincial, el Tesorero General de la Provincia y el Subtesorero General de la Provincia, la implementación de los mecanismos y procedimientos excepcionales necesarios para llevar adelante los trámites relativos a pagos de haberes, transferencias a otros Poderes del Estado, Entes Descentralizados y Autárquicos, Coparticipación a Municipios, pago de subsidios y fondos permanentes de funcionamiento, servicios de comedores escolares, subsidios, proveedores, certificados de obra y todo otro trámite necesario para realizar pagos a fin de concretar el normal funcionamiento del Estado

El organo de control entendió esta disposición violentaba los plazos vigentes en la Resolución 665/09 y recordó que “Respecto a la instrucción impartida mediante el presente artículo, en relación a la Coparticipación a Municipios, resulta imperioso traer a colación la sentencia dictada el 8 de febrero de 2010 por el Superior Tribunal de Justicia en os autos caratulados Municipalidad de Río Grande c/Provincia de Tierra del Fuego s/ Medida Autosatisfactiva’, correspondiente al expediente N° 2220/09 de la Secretaría de Demandas Originarias.
Allí, se procedió a homologar el acuerdo arribado entre el Poder Ejecutivo Provincial y las Municipalidades de Río Grande, Ushuaia y por aquel entonces Comuna de Tolhuin, en la audiencia celebrada el 18 de noviembre de 2009 sobre los mecanismos de distribución de fondos coparticipables, situación que fuera perfeccionada mediante el dictado de la Resolución M.E. N° 665/2009 del 25 de noviembre de 2009, que dispone:

‘ARTICULO 1- Reemplazar el apartado C del Anexo 1 de la Resolución M.E. N° 298/07, el que quedará redactado de la siguiente forma: ‘C- mecanismos
de distribución de fondos coparticipables:
La Tesorera General de la Provincia transferirá, conforme a los plazos estimados de liquidación administrativa de los recursos, a cada Municipio y
Comuna, los MONTOS NETOS correspondientes a cada recurso, clasificados según su origen, y en función a las certificaciones informadas por la Contaduría General de la Provincia, según el siguiente esquema:
A) Recursos Coparticipables Nacionales: en forma SEMANAL, procediendo a liquidar los mismos entre los días martes y miércoles, y
transfiriendo el total liquidado los días viernes

B) Recursos Coparticipables Provinciales: en forma DIARIA, hasta el 100%, con un mínimo de 75%, procediendo a liquidar el remanente dentro de los
5 (cinco) días de su percepción, y entre los días martes y miércoles, con transferencia del saldo remanente los días viernes.

C) Recursos Coparticipables provenientes de Regalías Hidrocarburíferas: en forma MENSUAL, dentro del mes en el cual fueron percibidos dichos recursos. Respecto a los Decretos de saldos definitivos mensuales, los mismos se cancelarán dentro de los 90 (días) corridos, contados a partir del cierre del período considerado.
Los montos citados se transferirán a las cuentas que se detallan a continuación, o a las que cada Municipio o Comuna informen (…)

Un año después del dictado de la Plenaria 62/2020 la misma cobra plena vigencia y no dejan dudas de cual es la posición del Tribunal de Cuentas en cuanto a los plazos exigibles para las transferencias de “copa”.

La gastó Gustavo, que la ponga Alberto

Melalle se ilusiona con lograr un regalo extra del Presidente de la Nación. Cientos de millones de pesos en caracter de asistencia no reintegrable para poder devolver a los municipios los fondos que utilizó indebidamente.
Tierra del Fuego es la Provincia con más casos COVID por habitante del País, la segunda en fallecidos y en las últimas semanas las ciudades de Ushuaia y Río Grande ingresaron al grupo considerando como de alto riesgo epidemiológico. Esa podría ser la mejor excusa para lograr una asistencia más que permita disimular, al menos temporalmente, la preocupante situación de las finanzas provinciales provocada por un desmedido aumento del gasto corriente que aún con niveles récord de recaudación no logra ser cubierto sin hacer uso de fondos que no le corresponden al gobierno provincial.

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