SUSPENCIÓN DE LAS ELECCIONES CONSTITUYENTES

El Ejecutivo contesta la demanda y se reserva caso federal para ir a la Corte Suprema

Sep 13, 2024 | Tierra del Fuego

(EN DESARROLLO) El abogado representante del Ejecutivo provincial presentó la contestación a las demandas de Jorge Andrés Lechman y Paulino Rossi, ambas por acción declarativa, en las que plantea la falta de legitimación activa de ambos demandantes.

Ushuaia

El abogado representante del Ejecutivo argumentó que tanto Lechman como Rossi carecen de la legitimación necesaria para impugnar la Ley Provincial N° 1529, que declara la necesidad de reforma constitucional, y el Decreto Provincial N° 1656/2024, que convoca a la elección de convencionales constituyentes.

En cuanto a Lechman, el abogado sostiene que la condición de legislador no lo habilita para cuestionar la legalidad del proceso de reforma constitucional, ya que la Ley Provincial N° 1529 fue aprobada por el voto de los dos tercios de la Legislatura, como exige la Constitución Provincial.

En relación a Rossi, el abogado detalló que la condición de ciudadano no le confiere la legitimación para iniciar una acción popular, ya que su interés es abstracto y no presenta un agravio diferenciado respecto de los demás habitantes.

En igual sentido, el letrado también criticó la procedencia de la medida cautelar, argumentando que no se han configurado los requisitos de verosimilitud del derecho, peligro en la demora o contracautela, y que la misma inhibe la posibilidad de llevar adelante el proceso de reforma constitucional.

Además, se sostuvo que el Decreto Provincial N° 1656/2024 no adolece de nulidad alguna, ya que fue dictado dentro del plazo establecido en la Ley Provincial N° 1529 y se cumplieron los requisitos legales para su emisión.

Finalmente, el Ejecutivo peticionó que se rechacen las demandas y se deje sin efecto la medida cautelar. El abogado también hizo reserva de caso federal para apelar a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, argumentando que la interpretación de la Constitución Provincial realizada por los tribunales fueguinos es contraria a los principios constitucionales.

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