El Ministerio de Economía deberá ahora tramitar el control de legalidad ante la Fiscalía de Estado.
El Ministerio de Economía obtuvo el aval del organismo de control para avanzar en la toma de deuda pública por hasta 5 mil millones de pesos en el marco de la ley 1502.
El Tribunal de Cuentas ha confirmado que la emisión de estos bonos cumple con todos los requisitos legales establecidos por la Constitución Provincial y las leyes provinciales N° 487 y 495. Además, se ha verificado que esta medida respeta los límites de endeudamiento, los cuales no deben exceder el 25% de los recursos ordinarios del Estado Provincial. “Los pasos dados están en total conformidad con la normativa vigente”, aseguró el Tribunal.
Mediante la Resolución Plenaria N° 116 se notificó al Ministro de Economía, C.P. Francisco Devita, que «no se encuentran obstáculos legales que impidan la continuidad de la operatoria. Asimismo, se hace saber que para completar el análisis del Programa Global de Bonos para infraestructura de la Provincia, será necesario conocer los términos y condiciones financieras de cada Serie de Bonos a emitirse en el marco del Programa mediante las Resoluciones que dicte el Ministerio de Economía en cada oportunidad de emisión de Títulos de Deuda.»
La Resolución fue emitida por el vocal del Tribunal de Cuentas Miguel Longhitano junto a Nicolás Di Leo en su carácter de conjuez, ante la ausencia del contador Hugo Pani e indica que el análisis fue realizado en el marco de la Ley Provincial N.° 1502, promulgada por Decreto Provincial N.” 2493/2023 del 09/10/2023, que en su artículo 2, autoriza al Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Economía a la captación de empréstitos de hasta un monto de PESOS CINCO MIL MILLONES ($5.000.000.000). Dicho endeudamiento podrá ser instrumentado mediante acuerdos de préstamos y/o instrumentos financieros que el Poder Ejecutivo acuerde en moneda nacional y con tasas de interés que no sean superiores a las prevalecientes a las operaciones de mercado.
Respecto de la finalidad que deberá darse a los recursos según lo estipulado en el artículo 1 de la ley en cuestión, se indica que serán destinados a financiar obras, contrataciones de bienes de uso, servicios no personales y bienes de consumo necesarios para la ejecución del “Programa de Fortalecimiento en Infraestructura Sanitaria, en Seguridad Alimentaria-Nutricional y en Seguridad Pública creado en el ámbito de la Provincia de Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur”.
De acuerdo a la resolución del Tribunal de Cuentas, previo a la emisión el Ministerio de Economía deberá solicitar la intervención del Banco de la Provincia de Tierra del Fuego, por ser el organismo técnico idóneo y especializado en la materia y el agente financiero del Gobierno Provincial (artículo 72 de la Carta Magna Provincial), y del Fiscal de Estado.