Fue aprobada por la ley provincial 1149.
La nueva planta sanitaria es parte de la condena judicial que debe cumplir el Gobierno fueguino. La construcción fue adjudicada en 2018 y llegó hasta el 80% de avance a principios de 2020.
El abandono de la obra desde marzo del año pasado por parte de la DPOSS implica que la totalidad de las aguas servidas se vuelcan sobre las aguas del Canal Beagle, en el sector que va entre la Base Naval Ushuaia y la desembocadura del río Olivia cuando ya deberían tratarse en la nueva planta sanitaria.
La ejecución de la causa judicial está a cargo del juez Sebastián Osado Viruel, con intervención del fiscal Fernando Ballester Vidau. En su momento, la Justicia dispuso que el ingeniero Francisco Troilo haga el peritaje de avances de obras y el seguimiento de los plazos establecidos para el cese de la contaminación. La desobediencia por parte del Gobierno y la DPOSS habilita la aplicación de sanciones para las máximas autoridades, ya que el plazo de finalización de obra se encuentra ampliamente vencido.
La planta sanitaria, a diferencia de la ubicada en Bahía Golondrina, posee un sistema de tratamiento completo de aguas cloacales.
Hasta el momento, el presidente de la DPOSS, el ingeniero Cristian Pereyra no dio precisiones sobre la finalización de la obra, a pesar de los anuncios de nuevas redes cloacales en distintos puntos de la ciudad que no serán tratados por el abandono de la obra de saneamiento.
La desobediencia a la sentencia judicial tiene consecuencias administrativas y penales para quienes son los responsables de su incumplimiento, ya que el fallo se encuentra consentido por las partes y solo resta la ejecución.
Las responsabilidades económicas
La obra se contrató con financiamiento del Ministerio del Interior y con recursos provinciales obtenidos por la colocación del Bono para realizar obras públicas de infraestructura por 200 millones de dólares. Sin embargo, la DPOSS interrumpió la cadena de pagos a la empresa Dos Arroyos desde principios de la gestión del Gobernador Gustavo Melella, al igual que con pagos que debieran haberse concretado en la nueva Planta ¨Bahía Golondrina¨.
La paralización injustificada de la obra puede implicar el pago de intereses por mora y el lucro cesante que genera para la empresa adjudicataria. Además, existe la posibilidad que se demande a la DPOSS por interrupción intempestiva del contrato de locación de obra.