TOPE CONSTITUCIONAL. Confirman condena contra el ex legislador Manuel Raimbault por aplicar un tope salarial

El Superior Tribunal de Justicia de Tierra del Fuego confirmó hoy una condena civil al ex vicegobernador provincial Manuel Raimbault por haber aplicado el tope salarial que establece la Constitución fueguina y que impide a los funcionarios de todos los poderes, incluidos los jueces, ganar sueldos superiores al del gobernador.

(con información de la Agencia Telam)

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El artículo 73 inciso 4 de la Carta Magna provincial sancionada en 1991 señala que “la remuneración por todo concepto que perciban los empleados y funcionarios públicos, tanto electos como designados, de cualquiera de los tres poderes provinciales, organismos y entes descentralizados, en ningún caso podrá superar a la del gobernador de la provincia”.


Sin embargo, con distintos argumentos, ese mandato constitucional no fue tenido en cuenta por la gran mayoría de la dirigencia fueguina, aunque Raimbault decidió aplicarlo cuando estuvo a cargo de la presidencia de la Legislatura en 2009 y 2010.
Dos integrantes del parlamento accionaron judicialmente contra la medida, y cuando el vicegobernador ya no ejercía su cargo, obtuvieron un fallo favorable de la justicia.

Zaffaroni
Raúl Zaffaroni, ex juez de la Suprema Corte de Justicia


A raíz de ello, Raimbault fue enjuiciado por el “perjuicio fiscal” de haber aplicado el tope (derivado de las costas del juicio iniciado por los empleados legislativos) y esa condena es la que luego de atravesar otras instancias acaba de ser ratificada por la Corte fueguina.


En un fallo de nueve páginas conocido hoy, los jueces Gonzalo Sagastume, Javier Muchnik y María del Carmen Battaini ratificaron que el ex funcionario debería haber considerado, al momento de aplicar el tope, pronunciamientos judiciales y del Tribunal de Cuentas donde se ponía en duda la interpretación del artículo constitucional.


El ex vicegobernador “ha incurrido en la anomalía que es causal de arbitrariedad en sede judicial y/o administrativa, la cual consiste en dar como fundamento único o básico de su postura afirmaciones dogmáticas, o, en otros términos, carentes de sustentación objetiva o sólo aparente”, señala el fallo del Superior Tribunal al que accedió Télam, haciendo propios fundamentos del fiscal Oscar Fappiano.


En el expediente fueron presentados escritos de ayuda al tribunal (“amicus curiae) firmados por dos ex gobernadoras (Fabiana Ríos y Rosana Bertone) y por el jurista Eugenio Zaffaroni, en todos los casos respaldando el accionar del funcionario al aplicar el tope.


“Se trata sin duda de la pretensión de aplicar sanciones ejemplificadoras. No se investiga aquí un abuso en ejercicio de la función pública, sino una mutación interpretativa de una cláusula constitucional”, afirman los amicus.


Incluso Zaffaroni argumentó que “bajo el aparente fundamento de una interpretación técnica, se ha terminado por distorsionar completamente a la Constitución, al punto de enviar uno de sus aspectos más importantes, al cementerio de la normatividad”.


No obstante, los jueces fueguinos optaron por no tener en cuenta ninguna de esas posiciones y opinaron que “no conmueven” la postura del tribunal.


Para no aplicar el tope a los sueldos de los funcionarios, la Justicia fueguina mantiene vigente el criterio derivado de un fallo de 2011, donde se estableció que el sueldo del gobernador se encuentra “indeterminado”, porque a la remuneración habitual del mandatario había que sumarle otros ítems como “la vivienda oficial, el chofer o la custodia”.


Así, al no poder determinarse la remuneración final del gobernador, el tope se torna “inaplicable” en todos los poderes del Estado.
“Me demandaron empleados que ganan más que el gobernador, usando como argumento dictámenes del Tribunal de Cuentas cuyos miembros ganan más que el gobernador, y me condenaron jueces que ganan más que el gobernador”, aseveró Raimbault a Télam.


El ex funcionario consideró el fallo como “un claro mensaje de la clase política”, porque “no solo siguen sin aplicar el tope después de casi 30 años, sino que ahora dan un paso más y condenan a quienes nos atrevimos a aplicarlo”, afirmó.


De todos modos, la sentencia todavía no está firme y podría ser recurrida ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.