El Poder Ejecutivo debió prorrogar el Decreto 2405/21 para evitar que el personal de la C.R.P.T.F. dejara de percibir adicionales no remunerativos observados por el Tribunal de Cuentas.
En setiembre del 2021 el Tribunal de Cuentas intimó a la Caja Previsional para el Personal Policial y Penitenciario Provincial a que proceda a derogar una serie de resoluciones mediante la cuales se habían otorgado adicionales salariales por considerar a las mismas contrarias a la normativa vigente.
En dicha oportunidad, advirtió al personal de la Caja Previsional Policial a cesar de inmediato con el pago de dichos adicionales, advirtiendo que la ley de creación del organismo (Ley 834 sancionada el 21 de diciembre del 2010) no habilita en ningún apartado de su articulado a las autoridades de la C.R.P.T.F. a reglamentar los suplementos particulares que retribuyen las tareas específicas de cada función, estando dicha potestad a cargo del Poder Ejecutivo Provincial.
Además, el Tribunal de Cuentas puso en conocimiento del Poder Ejecutivo que de la lectura del expediente surge de manera precisa que es necesario, imprescindible y urgente el dictado de la reglamentación de la Ley Provincial N.º 834, la cual llevaría a sanear y evitar los inconvenientes aquí mencionados.
El 23 de noviembre del 2021 el Poder Ejecutivo emitió el Decreto 2405/21 formalizando la creación de los adicionales por el término de 6 meses o hasta que se aprobara la reglamentación de la Ley 834.
A 12 años de la sanción de la Ley 834, la falta de reglamentación provocó que el Ejecutivo deba prorrogar por Decreto el pago de los adicionales no remunerativos para evitar que el personal de la Caja Policial vea disminuidos sus haberes.