TRAS LOS DICHOS DE MÓNICA ACOSTA

Manekenk rechazó la estación de combustibles AXION en la costa de Ushuaia y criticó a los concejales que la aprobaron.

Dic 17, 2024 | Ambiente, Sociedad, Turismo

Desde la asociación ambientalista criticaron el proceder de los concejales capitalinos que sancionaron la moción sin debate previo y exigieron que se convoque a la Comisión Asesora Especial Permanente del Concejo Deliberante del “Plan de manejo integrado costero de la ciudad de Ushuaia”. Desde RENACER habían asegurado su apoyo.

La referente de la ONG Manekenk rechazó el proyecto que autoriza la instalación de una estación de combustibles AXION en el sector costero de Ushuaia, en un predio perteneciente a la Cooperativa Renacer. Lo explicó en Radio Provincia en el programa conducido por Gabriel Ramonet donde atacó la falta de debate previo y la aprobación sobre tablas promovida por la concejal Daiana Freiberguer.

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Tanto en la entrevista como en redes sociales, de la organización se cuestionó haber aprobado la moción “de forma inconsulta, sobre tablas y sin debate ciudadano” .

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El logo de Manekenk de luto

Frente a las consultas sobre los pasos a seguir, la entidad ambientalista exigió que se convoque a la COPLAM, Comisión Asesora Especial Permanente del Concejo Deliberante del Plan de manejo integrado costero de la ciudad de Ushuaia, ante “el incremento del deterioro de la costa y excepciones que se otorgan”. 

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Monte de Oca había anticipado su voto en favor de tratar el proyecto en comisión, pero cambio su decisión a último momento

Sin embargo, según Fernández, la principal objeción radica en la falta de una planificación integral del proyecto, que no considera las implicaciones ambientales a largo plazo.

Fernández argumentó que la autorización se dio sin tener en cuenta el Plan de Manejo Integrado Costero de Ushuaia, elaborado en 2013. «La aprobación se realizó de forma fraccionada, a pedidos individuales, sin una visión de conjunto», criticó la titular de MANEKENK. Además, la organización considera que se debió convocar a las comisiones asesoras correspondientes para un análisis exhaustivo del proyecto.

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La concejal Daiana Freiberguer, impulsora de la aprobación sobre tablas en el Concejo Deliberante de Ushuaia.

Por otra parte, la aprobación contraviene, según Fernández, el principio de no regresión ambiental, un acuerdo internacional adoptado por Argentina y Ushuaia. Este principio establece que las áreas protegidas no deberían desprotegerse, algo que la instalación de la estación de servicio podría provocar. La ubicación costera, añadió, implica riesgos adicionales, como la posibilidad de erosión de tanques de combustible debido a la corrosión causada por el agua salada, un fenómeno ya observado en otras instalaciones similares en la zona.

En línea con la crítica sobre la falta de planificación, Fernández señaló la ausencia de una normativa específica en Ushuaia que regule la instalación de estaciones de servicio en la costa, una situación diferente a la de Río Grande.

«Interpelamos a los concejales, ¿por qué no se pusieron a pensar de manera integral antes de aprobar algo así?», cuestionó. La organización propone que se cree una regulación antes de aprobar proyectos similares en áreas sensibles.

En cuanto los pasos a seguir la evitar la construcción de la estación de venta de combustibles sobre la costa de Ushuaia, la organización ya contactó a la presidenta del Concejo Deliberante para instar a la convocatoria de la Comisión Asesora Permanente para el Plan de Manejo Costero, con el objetivo de fomentar un debate más amplio y evitar futuras situaciones similares. La falta de una evaluación de impacto ambiental completa y la arbitrariedad en la aplicación de las normativas vigentes son otros puntos de controversia. La organización considera que es fundamental discutir los aspectos técnicos y normativos antes de la promulgación definitiva de la ordenanza.

Manekenk señaló que la excepción para la parcela Sección F, Macizo 05, 14a, ubicada sobre la costa del Canal Beagle, contradice el Código de Planeamiento Urbano que establece que las áreas costeras deben conservar un ancho mínimo de 50 metros para usos recreativos y/o deportivos, garantizando el libre acceso público.

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