El Tribunal de Cuentas inicia una “auditoría externa integral” en la DPE

La resolución fue emitida en la semana previa a que el Gobernador Gustavo Melella designara a Pedro Villarreal como nuevo Presidente de la Dirección de Energía.

Desde comienzos del 2020 los auditores del Tribunal de Cuentas han intentado acceder a información de la DPE que en reiteradas oportunidades fue negada o entregada en forma parcial por sus autoridades.

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Entre los temas pendientes de respuesta se encontraba el protocolo de mantenimiento de los equipos generadores. Ya en el año 2019 el organismo de control había requerido esta información y durante el primer año de Mancini como titular de la DPE los vocales del Tribunal de Cuentas hicieron saber al funcionario que, atento a la negativa del funcionario de cumplir con lo requerido, en caso de provocarse inconvenientes en el servicio sería responsable por los eventuales daños que causaran.

Luego de varias semanas en las que los vecinos de Ushuaia debieran transitar por la noche con las principales arterias de la ciudad sin iluminación, el Tribunal de Cuentas resolvió iniciar una “Auditoría Externa Integral” en el ámbito de la Dirección Provincial de Energía que comprenda los aspectos administrativos, presupuestarios, financieros y operativos de manera interdisciplinaria. Por considerar los vocales que la Dirección Provincial de Energía se encuentra en una situación crítica, decidieron poner en conocimiento del inicio de la auditoría al Gobernador de la Provincia, Gustavo Melella, a la Presidenta de la legislatura Provincial, Mónica Urquiza y al Fiscal de Estado Dr. Virgilio Martínez de Sucre.

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Antecedentes

El 3 de marzo del 2020 se resolvió recomendar al Presidente de la DPE, Sr. Alberto MANCINI LOIACONO, que instruya a las áreas pertinentes, a efectos de que se verifiquen el Protocolo de Mantenimiento Reacondicionamiento y Renovación de Equipos y Turbinas, respetando las previsiones de los respectivos manuales de fabricantes, como así también las particularidades de cada equipo, la época de instalación y el tiempo funcionando en forma ininterrumpida, debiendo remitir a este Tribunal de Cuentas, los informes correspondientes.

A pesar de los reiterados reclamos por parte de los auditores el Presidente de la DPE no dió respuesta al requerimiento motivando la aplicación de una sanción de apercibimiento y una nueva intimación.

Finalmente, y luego de nuevas demoras, Mancini dió respuesta en forma parcial en el mes de agosto del 2020, en el mismo destaca que dada la situación del parque generador y las proyecciones de consumo no resulta posible garantizar el suministro eléctrico, en forma confiable de la ciudad de Ushuaia.

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En virtud de lo expuesto el ex Presidente de la DPE presentó una estimación de costos sobre el Plan de Recuperación de Confiabilidad del Sistema de Generación que se realizaría en conjunto con la Secretaría de Energía que conduce Moisés Solorza.

Ante esta situación el Tribunal de Cuentas emitió la Resolución Plenaria 50/2021 mediante la cual se recomendó al Presidente de la DPE arbitrar los medios necesarios para atender las consideraciones emitidas en el Informe Técnico N 264/2020 otorgándole en dicha oportunidad un plazo de 10 días para informar las acciones llevadas a cabo. Como era de esperar nuevamente Mancini se negó a dar respuesta al requerimiento y luego de nuevas intimaciones el TCP le aplicó una nueva sanción de apercibimiento.

A pesar de la sanción recibida el Ing Mancini continuó ignorando los requerimientos del Tribunal de Cuentas motivando una nueva intervención del área legal del TCP que informó a los vocales que «en razón de los incumplimientos a los requerimientos formulados, nos hallamos ante la falta de cumplimiento de los deberes del funcionario de máxima jerarquía de la D.P.E., resulta oportuno en este caso rememorar los sostenido por el Tribunal, en coincidencia con la doctrina calificada, en cuanto a las responsabilidades que pesan en cabeza de los funcionarios públicos, en general.

¨Así, sin ir más lejos, resulta acertado destacar que el asunto de responsabilidad pública hace, en primer lugar, a la escencia de un sistema democrático de derechos en cuanto a la necesidad de rendir cuentas a la sociedad cuyos bienes administran ¨, sostiene el organismo de control.

Luego de citar jurispdrudencia sobre el tema, la Dra. Montes de Oca informa que «en el caso bajo análisis nos encontramos ante la presencia de un funcionario público que no ha dado cumplimiento a los requerimientos efectuados por este Organismo de control externo, no habiéndos recibido ningún tipo de información, independientemente de las sanciones dispiuestas mediante la Resolución Plenaria M° 162/21» y que si bien a la fecha no se ha comprobado daño provocado por la falta de mantenimiento «resultará oportuno advertir al funcionario a cargo de la D.P.E., que de acuerdo con lo relatado y en caso de generarse un perjuicio en la continuidad del servicio producto de la falta o inexsistencia de un plan de recuperación adecuado, manifestado como acción urgente a llevar adelante, de acuerdo con lo indicado por la propia D.P.E. y requerido por este Tribunal de Cuentas en la Resolución Plenaria N° 162/21 artículo 3°, será factible de considerar su responsabilidad administrativa y subjetiva en cuanto a la medida en qu su acción y omisión, haya contribuido al posible hecho dañoso.

Al respecto, y ante la eventual existencia de un perjuicio fiscal, entiendo que este Tribunal de Cuentas resulta legitimado para intervenir en lo referente a la responsabilidad patrimonial de los funcionarios y/o agentes públicos que puedan resultar responsables del hecho, por los posibles daños que por su dolo, culpa o negligencia le causen al Estado Provincial.

Los vocales del Tribunal de Cuentas compartieron el informe del área legal emitiendo la Resolución Plenaria 356/21.

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